Suspensión de empleo y sueldo

Buenos días, la suspensión de empleo y sueldo, ¿qué efectos tiene?
¿Se trabaja menos y se cobra menos en consecuencia, o se pueden trabajar más horas de las estipuladas y que luego en nómina hay multa por huelga y se cobre mucho menos?
Un saludo.

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Abogado Derecho Laboral Bilbao Raquel González Suárez

Abogado Derecho Laboral Bilbao Raquel González Suárez

Abogado de Bilbao especializado en Relaciones Sindicales

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Necesitaría más datos para dar una respuesta adecuada.
Una suspensión de empleo y sueldo puede venir motivada por una sanción disciplinaria de la empresa en virtud de carta notificada. En ese periodo el trabajador no ha de prestar servicios a la empresa y tampoco percibe el salario correspondiente.
Igualmente una situación de suspensión puede venir motivada por un ERE, en cuyo caso ha de estarse a lo en él establecido, estando el trabajador en situación de desempleo los días en que su contrato esté suspendido.
Cuando se está en situación de suspensión de contrato no se presta servicios, es decir, no se trabaja, en consecuencia la nómina es menor.
Desconozco en qué situación concreta se encuentra, de ahí que como ya anticipaba, necesito más datos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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LOROÑO ABOGADOS

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Si claro, no trabajas ni cobras. Pero ten en cuenta que debe darsete por escrito, explicando las causas. Y que estas son limitadas, dependiendo de que la falta sea grave o no.
Ten cuidado porque en algunos casos se están utilizando la reiteración de faltas leves para más tarde realizar el despido disciplinario y evitar abonar indemnización alguna al trabajador.
Si tienes cualquier duda podemos comentarlo más detenidamente. Facilitanos un telefono de contacto y te llamaremos. Puedes hacerlo a traves de nuestra web: www.loronogonzalez.com o enviandonos un email a loronogonzalezabogados@gmail.com
Un saludo cordial

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KONTULAN ABOGADOS Y ECONOMISTAS S.L.P.

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Entre los efectos de la sanción de empleo y sueldo se encuentra que la empresa ni te paga ni cotiza por ti. Deben haberte comunicado la duración y las fechas de inicio y fin de la sanción y tienes un plazo de 20 días para recurrir dicha sanción.

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