Partición de la herencia

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Pago de impuestos, no precisa certificacion alguna del banco, basta con un listado de los movimentos de la cuentas en que figure el saldo a fecha de fallecimiento.
Tenga en cuanta que para el cálculo de la cuota del Impuesto de Sucesioes se ha de tener en cuenta el haber potivo, incluido inmuebles, y el haber negativo (deudas), siempre necesitará escritura pública si se trasmiten inmuebles, pero no necesariamente en ella ha de incluirse otro tipo de haberes, sin perjuicio de lo que le he indicado sobre el impuesto de sucesiones, el documento privado y el público deben ir de la mano a la hora de gestionar los tributos. Puede incluir en el documento privado todos los bienes y posteriormente realizar la escritura pública en lo que se refiere al los bienes inmuebles.
Y, pro último, la aceptación de herencia puede hacerse donde guste, pero la liquidación y pago del impuesto mejor donde deba. -

Buenas tardes:
En Hacienda hay que aportar, entre otros documentos, el certificado de saldos bancarios. Al banco se le entrega el justificante de presentación y pago del impuesto, para la entrega o puesta a disposición del saldo de las cuentas.
La aceptación y adjudicación de herencia la puede hacer cualquier notario de España, de cualquier provincia, independientemente del lugar de fallecimiento. No obstante, si previamente hay que instar declaración de herederos, eso sí debe hacerlo el notario del lugar de fallecimiento, o del último domicilio del causante.
Pueden hacerse documentos de adjudicación parciales, públicos o privados, aunque lo ideal y lo más frecuente es unificarlo todo, y si hay inmuebles y se va a hacer en escritura pública, dejarlo todo hecho en un solo documento.

Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil General
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