¿Qué pasa con el finiquito si la empresa cierra para volver a abrir en tres meses?
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Diaz-Plata Abogados
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Contestado
Buenos días. El finiquito debería poder cobrarlo igualmente, si tiene los documentos que lo reconocen, deberá reclamarlo vía SEMAC. Tiene 12 meses para reclamar el finiquito desde el día que se lo debieron abonar, aunque mejor no deje pasar el tiempo por si cierran y no abren posteriormente. Si desea ampliar la consulta contacte con nosotros.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Contestado
Entiendo q lo que han realizado en la empresa es un ere, y han transformado los contratos fijos en fijos discontinuos.
Si es así, no hay finiquito porque el contrato laboral subsiste, el finiquito procede cuando la relación laboral se extingue.
Espero sea de ayuda,
Saludos
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