¿Qué pasa si fallece o se incumple una pensión de alimentos vitalicia?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
La obligada al pago de la pensión alimenticia es su hermana, por lo que si su hermana muere cesará la obligación, aunque los alimentos sean prestados en cumplimiento de una sentencia firme (art. 150 Código Civil. El pago debe ser hecho en la forma que fue fijada en la sentencia, por lo que en caso de incumplimiento podrá reclamar lo que se le deba y, en su caso, entrar en el Juzgado si así lo considera, de tal forma que no se considera viable la alternativa de pago que plantea. Si desea contactar con nosotros puede hacerlo por teléfono o email, ya que trabajamos en toda España y también damos asesoramiento telefónico y online en casos como el suyo.
Buenas tardes,
En principio, las pensiones son personales, por lo que si fallece su hermana, usted dejaría de recibir esa pensión.
En cuanto a conseguir la capitalización de esa pensión, podría haberla solicitado en el momento de acordar, o en el procedimiento en el que se estableció dicha pensión. Parece difícil que le puedan conceder ahora lo que usted pretende.
En cuanto al impago de la pensión, lo más efectivo es interponer una demanda de ejecución por los reiterados incumplimientos, solicitando los atrasos debidos, y que abone la pensión en el plazo estipulado.
Si desea un asesoramiento más específico, puede ponerse en contacto conmigo.
Un saludo,
Estimado Cliente:
En su caso sería necesario presentar demanda ejecutiva contra su hermana con el fin de forzarla a llevar los pagos al día.
Nuestro bufete tienes más de 30 años de experiencia en la negociación de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional.
En caso de necesitar más información adicional, puede ponerse en contacto con nosotros.
Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo.
Atentamente
Se puede valorar la pensión y que se abone, pero dependiente de la edad de usted, puede resultar una cantidad que no le compense. En cualquier caso puede pedir la ejecución de la resolución judicial, asegurándose que le retengan a su hermana el importe de la misma por el Juzgado, al no cumplir ella voluntariamente.