Pedir patria potestad
Hola buenas tardes,
Conforme a tu pregunta comentarte que la patria potestad la tenéis los dos, según lo que comentas se podría solicitar e instar un procedimiento de modificación de medidas ante el juzgado siempre que hayan existido cambios sustanciales desde la sentencia de divorcio ( ya fuera contencioso o de mutuo acuerdo a través de la ratificación del convenio regulador que firmasteis ambos en dicho momento).
No olvides que todo lo que se alegue debe de ser probado por lo que es necesario estudiar pormenorizadamente el asunto y la viabilidad conforme a las pruebas que ya existan o que se puedan obtener para acreditar la modificación y por tanto poder ostentar en exclusiva la patria potestad de tus hijos.
Quedamos a tu entera diposición y ayudarte así en un completo asesoramiento para poder instar las acciones que sean pertinentes.
Un cordial saludo,
Abogado divorcio Alicante - Benito Cosme Martínez Barco
Abogado de Alicante/Alacant especializado en Derecho Civil
La Patria Potestad puede suspenderse total o parcialmente por sentencia judicial.
Si uno de los progenitores ha desatendido afectiva y económicamente a sus hijos, se puede solicitar al juzgado que le sea retirada la Patria Potestad.
Para ello es preciso probar que ese incumplimiento ha sido reiterado y voluntario y que la privación va a resultar beneficiosa para los menores.
Independientemente de solicitar la privación de la Patria Potestad, el incumplimiento de las obligaciones (pensión y visitas) puede ser reclamado también judicialmente.
Le aconsejo que contacte urgentemente con un abogado especialista en temas de familia y ponga en marcha cualquiera de los procedimientos judiciales que hay a su disposición.
Buenos días,
la patria potestad sólo se puede modificar mediante resolución judicial. Debe acudir al Juzgado para que le atribuyan a Vd. la patria potestad en exclusiva, si es lo que desea. Debe acudir el padre también, lo que hará el proceso más sencillo y económico.