¿Qué pena corresponde a quebrantar una orden de alejamiento?

¿Qué pena corresponde a quebrantar una orden de alejamiento?

Respuestas de otros profesionales:
Basic
GONZALO & GONZALEZ ABOGADOS

GONZALO & GONZALEZ ABOGADOS

Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Hola, por lo que comenta es menor. Habría que ver mejor su caso concreto pues aporta pocos datos de si por el mismo delito, qué tipo de quebrantamiento ha sido, ...
Dependerá de si han sido grave los hechos y su alcance. Todo dependerá de la valoración del Juez, Fiscal y los Equipos Técnicos. También le solicitará el juez que se explique del porque y que puede alegar a su defensa.
Un saludo y gracias.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
LABE Abogados

LABE Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

VER PERFIL
Contestado

Estimado cliente: El quebrantamiento de condena está penado con una pena de prisión de seis meses a un año. Nuestro bufete tiene más de 30 años de experiencia en la resolución de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional. Puede ponerse en contacto con nosotros. Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo. Atentamente.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Contestado

Para establecer una defensa de su caso, sería necesario un análisis riguroso de las circunstancias, no obstante informarle en contestación a su pregunta y desconociendo las circunstancias, que el delito que menciona está penado con la pena de prisión de seis meses a un año.

Quedamos a su disposición pos si precisa de nuestros servicios, un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado