¿La pension de alimentos es aparte, o estaria dentro de ese salario minimo inembargable?

La pensión de alimentos es una excepción a la regla debido a su importancia, y puede embargarse una nómina por debajo del salario mínimo para pagar la pensión.
Por tanto, si considera que no puede pagar la pensión con el embargo, puede intentar modificar las medidas y bajar la pensión de alimentos, pero por el supuesto que nos expone y los datos que da, no parece una pretensión viable desde el punto de vista judicial.

Abogado Bancario Alcalá de Guadaíra ATENEO ABOGADOS
Abogado de Alcalá de Guadaíra especializado en Derecho Civil
Buenos dias. La pensión de alimentos debida a los hijos no entraría dentro del Salario inembargable, por lo que el abono debe hacerse incluso si no llegas al mínimo.
Si tu situación económico ha variado desde que se dictó la sentencia que fijó esos alimentos, deberías instar una modificación judicial. Pero en ningún caso puedes dejar de abonarlos hasta que esa bajada sea dictada por un juez o tribunal.

Qlegal Abogados - José Ramón Galindo Clares
Abogado de Granada especializado en Derecho Civil
No hay limite legal para embargar por alimentos.