La pension de alimentos y el art142 del código civil

Buenos días
Según he leído en numerosos documentos, la pensión de alimentos incluye los gastos ordinarios de educación e instrucción. Se dice que la pensión alimenticia viene regulada por el art 142 del código civil, pero leyendo este (creo que la versión más actualizada de 2018), no se especifica nada de la educación e instrucción, solo hace referencia a manutención, habitación, vestido y asistencia médica.
¿Por qué se dice que incluye la educación? ¿Es por jurisprudencia?

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado de despidos en Vigo - Fragueiro Asesores & Abogados
Contestado

Efectivamente, la jurisprudencia considera que los gastos de estudio (compra de libros a comienzo de curso, material escolar, etc) son gastos ordinarios y previsibles, por lo tanto, se pueden tener en cuenta al fijar la pensión de alimentos.

En caso de que refieras actividades de refuerzo estaríamos en otro supuesto que sí podría llegar a ser considerado como extraordinario y, en la mayoría de los casos, se podría obligar al pago según lo pactado en el convenio o lo estipulado en sentencia.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado divorcio Majadahonda Mónica Martín Closas
Contestado

Buenas tardes, efectivamente se consideran incluidos dentro de la pensión de alimentos los gastos de educación. Consta sentencia del Tribunal Supremo de fecha 15 de octubre del 2014, Número Sentencia: 579/2014 Número Recurso: 1983/2013 que lo analiza, y crea doctrina en este sentido. Un saludo,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado