Pensión de alimentos a hijo independiente económicamente
En relación con la cuestión planteada, supongo que la pensión es por alimentos y que vendrá impuesta por un convenio regulador aprobado judicialmente o por sentencia. Para un mejor asesoramiento, se debería conocer en qué términos y bajo qué circunstancias se estableció la pensión. Para dejar de pagar una pensión por alimentos o solicitar su reducción, se debe solicitar ante el juzgado correspondiente la modificación del convenio o medidas adoptadas judicialmente por haber variado las causas que las motivaron. El hecho de que tenga ingresos propios el hijo de 16 años que no tenía al momento de establecer las medidas -- habría qué valorar ingresos, la periodicidad de éstos, ...-- podría justificar la modificación.
Abogado en Tenerife y Cáceres Gómez y Rodríguez de Acuña Abogados
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Civil General
Ulsted debe seguir cumpliendo las medidas acordadas en convenio o decretadas por el Juez. Otra cosa sería intentar modificar las medidas, acreditando que su hijo no depende ya económicamente de sus padres. Un saludo.
ABOGADO HERENCIAS JAEN - JESUS NAVARRO RUEDA
Abogado de Jaén especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Si. Mientras no se presente una modificación de medidas del convenio y se acredite lo que usted dice, tendrá que seguir pagando. Tenga en cuenta que por la edad de su hijo, por el carácter del trabajo, se le podrá reconocer o no lo que usted propone.
Iure&Lex Servicios Jurídicos
Abogado de Granada especializado en Derecho Bancario
Si que debe seguir pasando la pensión hasta la modificación de medidas. En el caso de ser así lo que dice de su hijo deberá acreditarlo.