Pensión de alimentos: modificación de medidas

Buenas hace 3 meses perdí demanda de modificación de pensión alimenticia a mi hija por cambio sustancial en mi trabajo. En un breve resumen: con fecha marzo 2012 firmé convenio regulador con una pensión para mi hija pactada de 1.000€, en ese tiempo tenia una nómina de 4.000€, en enero 2013 me despiden por un concurso de acreedores sin percibir indemnización ni finiquito, solicitando el desempleo, 1.100€.
Con fecha abril 2013 solicito demanda modificación de medidas señalando juicio para enero 2014.
En febrero recibo sentencia desestimando la demanda por no haber motivos sustanciales para el cambio solicitado. Cobro 1.100€ y debo pagar 1.000€. He presentado apelación a la Audiencia Provincial aunque ya me avisa mi abogado que seguramente no hagan nada.
Con fecha abril 2014 recibo ejecución forzosa sobre la pensión que he dejado de pagar (pago 500€ desde julio 2013 que creo que está muy bien, siendo la madre directiva de empresa, el resto es para vivir) embargando el 100% del desempleo al amparo del art. 608 de LEC.
Ante esto me encuentro en una situación de desesperación sin saber qué hacer aunque a veces pienso en lo peor, sigo en desempleo con 49 años que tengo y las ayudas familiares se agotan.
Agradecería alguna opinión sobre cómo actuar, si esto es constitucional que venga Dios y lo vea, doy las gracias anticipadas.

Saludos.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
  • Mejor respuesta según autor
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Lamento su situación, que resulta injusta. Sin embargo no creo que haya dejado de hacer nada, puesto que la vía para solucionar ese problema consiste en la modificación de medidas. Conserve esperanzas en el recurso.
El embargo del 100% de la prestación por desempleo me parece excesiva; nunca había visto nada igual salvo que se disponga de un patrimonio importante o que pueda generar ingresos; en cualquier caso cabría recurrir esa medida, pues aunque la retención de pensión de alimentos no tiene límite, el 100% no debería haberse decretado. Suerte.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO HERENCIAS MÁLAGA José María Centelles Cánovas
Contestado

Desgraciadamente su abogado tiene razón y perderá en el recurso. Dado que tiene un abogado es el único que puede aconsejarle . Mientras el compañero le tenga por cliente no puedo aconsejarle una solución , que es muy posible que exista, pues ello sería contrario al respeto debido entre compañeros.
Un saludo

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