Pension incapacidad permanente total
Buenos días.
Vamos a intentar contestar brevemente a su duda, aunque aporta usted muy poca información sobre el caso.
Entendemos que su amiga es extranjera y está cobrando una pensión de incapacidad permanente (total o absoluta) del Estado. Sí estamos en lo cierto su amiga puede volver a residir en Bulgaria y seguirá cobrando la pensión, puesto que en su día cumplía los requisitos y por ello le fue concedida. Si no es así no dude en contactar con nosotros para cualquier aclaración.
Hay un Convenio bilateral de Seguridad Social entre España y la República de Bulgaria hecho en Valencia el 13 de mayo de 2002 por tanto cabe percibirla en Bulgaria, que es además Estado-miembro de la Unión europea. En ese Convenio se explican los detalles de cómo se calcula la cantidad a percibir. Lo más recomendable es que acuda usted a la Dirección provincial del Instituto nacional de la Seguridad social y les cuente su caso en detalle para que le informen
Advocat Banyoles - Q & B Advocats
Abogado de Banyoles especializado en Derecho Penal Común
Si lo que percibe es una Pensión si que puede. Pero por lo que dice se trata de una Prestación, luego solo tiene derecho a percibirla si reside en España.
De todas formas es aconsejable que realize la consulta en su delegación de la S.Social, donde le informaran con mas precisión al disponer de toda la información sobre la Pensión que dice percibir.
ADVOCATS ANDORRA - Xavier Lopez Horischnik
Abogado de Andorra la Vella especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes,
somos abogados del Principado de Andorra y desconocemos la normativa española. Sintiendolo mucho, no podemos asesorarle.
Atentamente