Pensión de viudedad y renuncia a la herencia. ¿Están ligados?

Hoy acabo de recibir una carta destinada a los herederos de mi esposo, en este caso yo soy la única heredera de mi esposo que falleció el 14/11/2017 , me casé poco mas de un año y al parecer tiene una tarjeta de crédito que me reclaman , me han dicho la forma de pago y en caso de que quiera renunciar a la herencia también renunciaría a la pensión de viudedad, les he dicho que me envíen el contrato que firmó en el año 2009, y que me extraña que no firmara la anulación por fallecimiento, me dice que no lo firmó y aunque en ese año yo ni lo conociera ahora la deuda es a mi de pagarla, estoy en tramites para la pensión de viudedad. ¿Qué debo de hacer? ¿Tengo la obligación de pagarla? Me han comentado que como banco tienen que cobrar ese dinero y si decido de pagarlo de una vez mediante transferencia se me haría un 30% de descuento, el banco es wizink y me ha dicho que en su día hizo el contrato con citibanc pero que ahora es wizink

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Si acepta la herencia de su esposo, tendrá que hacer frente a todas las posibles deudas que tuviera al fallecer, pero siempre que el acreedor pruebe suficientemente su derecho de crédito y así se lo acredite, ya que si no lo prueba, no estará obligada a pagar lo que podía no deber su esposo. Por otro lado, acepto o renuncie la herencia de su esposo, eso nada tiene que ver con su derecho a la pensión de viudedad si reúne los requisitos para ello, digan lo que le digan. Si desea facilitarnos más datos, puede contactar con nosotros, en cuyo caso le diremos antes lo que cuesta la consulta.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Jiménez Comendador Abogados

Jiménez Comendador Abogados

Abogado de Toledo especializado en Derecho Civil

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Son derechos diferentes que no se deben mezclar, ya que no tiene nada que ver una cosa con la otra.
La renuncia a la herencia del cónyuge es un derecho que se tiene en el ámbito civil.
No afecta de ningún modo a la pensión de viudedad que le pudiera corresponder, ya que éste es un derecho en el ámbito administrativo del sistema de seguridad social.
El derecho a la pensión de viudedad, como pensión contributiva que es, se genera en función de los años cotizados por el cónyuge fallecido.
Estoy a su disposición para cualquier duda.
Belén Jimenez

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Abogado accidentes Sevilla Silvia De Talavera Gawronska
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Buenas tardes, nada tiene que ver una cosa con la otras, la renuncia a la herencia de un cónyuge no afecta a la pensión de viudedad que le pudiera corresponder reuniendo los requisitos necesarios.

Un saludo

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Hinode - María García Ibáñez

Abogado de Burlada/Burlata

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Buenos días, para darle una respuesta acorde a su situación, necesitaríamos revisar la documentación que tiene en su poder.

Quedamos a su disposición,
Un saludo,

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