Plazo de garantía en obras

Buenas tardes,
En mi comunidad, una empresa hizo una valla para la piscina de acero inoxidable y cristal.
La misma desde hace tiempo se nota que está en mal estado. La estabilidad es uno de lo principales problemas y los acabados. Mi pregunta es ¿cuánto tiempo de garantía tiene que
dar la empresa que la hizo? Ellos dicen que solo me daban 6 meses de garantía y que como han pasado 1 año y 7 meses ya no hay garantía,
¿Es cierto?
Muchas gracias

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Las Palmas - Adrián Mayor Valerón
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Buenas tardes. Hay distintos conceptos a tener en cuenta:

- Falta de conformidad (que parece que es al que la empresa se refiere). El plazo es de 6 meses para que el vendedor demuestre que el defecto no es de fábrica, sino que se debe a un mal uso o mantenimiento por el consumidor.

- Garantía comercial: la ofrecida de manera voluntaria por el vendedor y adicional a la garantía legal, es decir, ha de consistir en una mejora de la garantía legal.

- Garantía legal (la prevista por la Ley) es imperativa: 2 años para los productos nuevos, y 1 año para los de 2ª mano.
En fin, no parece que la empresa acierte. Otra cosa es determinar si los defectos que presenta son los debidos al mejor o peor mantenimiento por parte de la Comunidad.

Un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO DIVORCIO OVIEDO GONZALEZ LAVIADA ABOGADOS
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habrá que leer el contrato a fin de determinar si en el mismo se establece el periodo de garantía. Según la nueva regulación (LOE) en su caso el plazo de garantía seria de 1 año y tienen ustedes un plazo de dos años para reclamar. Lo mejor es que usted consulte con un abogado al que proporcione el contrato y pueda analizar el mismo así como las deficiencias concretas de la obra.

Ana Isabel Gonzalez Laviada.
www.laviadaabogados.com

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Abogado de Familia Las Palmas Ruano Abogados
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Buenas tardes, lo cierto es que la Ley no establece un plazo de garantía para este tipo de servicios , sino que hay que ajustarse a la garantía que conste en el presupuesto o en la factura. Si efectivamente en dichos documentos venia un plazo de seis meses, se entiende que usted lo ha aceptado y es el que vale.

Saludos.

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Abogado Santa María de Guía - Adolfo Aymar
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La ley establece que el plazo de garantía es de un año. Por lo salvo la existencia de vicios ocultos (Que la calidad contratada y la realizada no se correspondan) están fuera de garantía.
Cualquier información estamos a su disposición.
Adolfo Aymar Godó - Abogado Las Palmas

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