Plazo para interponer recurso contenciosa-administrativa despues que no admiten un recurso extraordinario de revision

¿Cual sea el plazo para interponer un recurso contenciosa administrativa cuando la AAPP en cuestión (una universidad publica de Cataluña en este caso) ha recibido un recurso extraordinario de revisión que no se admite?

¿Si se presentar el recurso con , por ejemplo, 7 semanas después de la ultima notificación, y la AAPP ni lo 'admite a tramitar' por considerar que no reúne los criterios para ser admitido, va a significar que el plazo (una semana) sigue agotándose para interponer el recurso contencioso-administrativa, o siempre va a restablecer el plazo de dos meses para presentar el contencioso con independencia de los motivos por el rechazo del recurso extraordinario?

Gracias.

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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Buenos días

El plazo es siempre de dos meses desde la última notificacion. Si usted interpuso un recurso, aunque no fuera procedente, vale como reposición. De todos modos, para darle una respuesta más precisa debería conocer la resolución de la administración, el plazo que le dieron, etc. , lo que haría con mucho gusto.

Ignacio Tomás
Abogado

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ABOGADO EXPROPIACIONES BARCELONA - CUCH AGUILERA LEGAL

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho Urbanístico

Contestado

Si hay resolución expresa, el plazo será de dos meses siempre.

Saludos

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Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
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El plazo es de 2 meses.

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