¿Podemos dejar de pasar pensión al hijo mayor de edad de mi marido?
Ley de segunda oportunidad Zaragoza JUAN MANUEL PALACIO MARCO
Abogado de Zaragoza especializado en Responsabilidad Civil
Buenas tardes
La pensión en favor de un hijo no sólo comprende la comida, sino todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica. Comprende también la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aun después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable. En el supuesto planteado indica que no estudia ni trabaja.La pensión de alimentos corresponde también a los hijos mayores de edad, salvo que gocen de independencia económica. Se puede instar una modificación de medidas para reducir la pensión , e intentar la supresión de la misma (este ultimo no esta garantizado).
Atentamente
Buenas tardes, nunca deje de pasar la pensión por si mismo (pueden incurrir en un delito de abandono de familia), deben solicitar una modificación de medidas ante el Juzgado (deben obligatoriamente actuar asistidos por un Abogado y Procurador) y exponer ante el mismo en el juicio las circunstancias que nos comenta más arriba, una vez que el Juez resuelva eliminar la pensión y sea firme la sentencia ya pueden dejar de pagar.
Si les ha resultado de ayuda nuestra contestación agradeceríamos que nos dejaran un comentario positivo en nuestro perfil, ello nos motiva a ayudar a otras personas como usted.
Abogado recobro impagados Madrid - Consulting Abogados las Hazas
Abogado de Madrid especializado en Reclamaciones de Impagados
Buenos días.
Su marido no puede retirar la pensión de alimentos decretada judicialmente de forma unilateral. Ahora bien, si verdaderamente se dan las circunstancias que describe y lo puede acreditar, debería presentar una demanda de modificación de medidas ante el Juzgado que dictó la sentencia de divorcio, solicitando la supresión de la pensión de alimentos.
Si precisa más información, puede contactar con este despacho, donde estaremos encantados de atenderle.
No pueden retirar la pensión unilateralmente, pero sí pueden presentar demanda de modificación de medidas y solicitar al Juzgado la extinción de la pensión si el hijo no estudia ni busca trabajo.
Tengo despacho en Zaragoza. Si lo desean, pueden concertar una entrevista a fin de tratar el asunto en profundidad y aclarar todas sus dudas.
Saludos cordiales.
Abogado Propiedad Horizontal Málaga SEGOLEY
Abogado de Alhaurín el Grande especializado en Derecho Inmobiliario
Estimada usuaria,
Entiendo que el hijo de su marido también lo es suyo.
En situaciones como la descrita, se puede solicitar judicialmente la retirada de la pensión de alimentos. Este trámite deberá ser realizado por la persona que venga haciéndose cargo de la pensión.
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE
Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia
Buenos días,
Debería solicitarse judicialmente la extinción de la pensión alimenticia.
En este despacho somos expertos en estos temas judiciales desde hace casi 15 años y podemos tramitarles esta gestión.
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE
Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia
Buenos días,
Debería solicitarse judicialmente la extinción de la pensión alimenticia.
En este despacho somos expertos en estos temas judiciales desde hace casi 15 años y podemos tramitarles esta gestión.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Le sugiero que se ponga en manos de un abogado especializado en derecho de familia y que inste una modificación de medidas, es la única posibilidad que veo.
Estimado cliente: Lo que debe hacer su marido es interpone una demanda para la retira de la pensión por alimentos.