¿Qué podemos hacer si nos oponemos a una construcción en una vivienda de la comunidad de propietarios?
Abogado recobro impagados Madrid - Consulting Abogados las Hazas
Abogado de Madrid especializado en Reclamaciones de Impagados
Buenos días;
Si la obra en cuestión perjudica gravemente los intereses de la comunidad en beneficio de un propietario, el acuerdo de la junta podrá ser impugnado ante los tribunales en el plazo de tres meses. Afirma usted que la obra se va a aprobar, por lo que entendemos que aún no se ha celebrado la junta de propietarios en la que se someta a debate la referida obra. De ser así, y para poder impugnar el acuerdo que se adopte en junta, usted y los otros dos vecinos deberán asistir y salvar su voto votando en contra del acuerdo. Para poder votar deberán estar al corriente de pago en las cuotas de la comunidad.
Si precisa más información, puede contactar con este despacho donde estaremos encantados de atenderle.
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenas noches.
Tiene que impugnar el acuerdo de la comunidad, para que no se realice la obra, para lo cual tiene unos plazos que figuran en la ley de propiedad horizontal, necesitando la intervención de un abogado, por lo que mi consejo es que acuda cuanto antes a u. Abogado, para que estudie el acta de la junta y vea la forma de impugnar los acuerdos que perjudican, de una forma fiable.
Si desea cualquier aclaración, póngase en contacto con el despacho.
Un cordial saludo
Se trata de una obra que puede afectar a elementos comunes del edificio por lo que la adopción del acuerdo debería hacerse por unanimidad. No obstante, si el acuerdo es adoptado puede ser impugnado judicialmente por los propietarios que han votado en contra del mismo. Esto no quita para que mientras el acuerdo no sea declarado nulo por el Juez,éste es ejecutivo por lo que la obra seguirá adelante, salvo que el juez preventivamente ordene su paralización.
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
Buenos días, en función a la información facilitada, entendemos que lo que ustedes deben hacer es interponer una demanda solicitando la impugnación el acuerdo adoptado por la comunidad de vecinos, en tanto en cuanto, se entiende que es algo perjudicial para la estructura de la finca. Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, puede concertar una cita en mi despacho donde le asesoraremos del procedimiento a seguir. Un saludo.
Abogado Accidentes de Tráfico Madrid Centro Blanco Segarra
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Impugne el acuerdo de la Comunidad de Vecinos. Hay unos plazos relativamente breves para hacerlo, por lo que conviene actuar con rapidez. Tiene razón en no estar de acuerdo, no es razonable que se acometan obras con dinero de todos para beneficiar a un único vecino.
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
Habrá que ver fecha en la que se adopto el acuerdo, perjudicial para usted, porque tendrá que impugnar el mismo ante el Juzgado, para lo que precisa abogado y procurador y para ello existe un plazo establecido por ley.
Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
Abogado de Madrid especializado en Responsabilidad Civil
Pueden impugnar el acuerdo porque solo beneficia a un vecino. Para hacerlo hay un trámite que deberán consultarlo con un abogado, ya que es fárragos o explicarlo. Pueden consultarlo en el art 18 de la LPH
En relación a su consulta le indico que si existe la mayoría mínima exigida no podrá impugnarse el acuerdo salvo causas especiales que habría que valorar previa consulta con este despacho. Saludos.
ABOGADO DEFECTOS DE CONSTRUCCION MADRID LARIX ABOGADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil General
Con la información que describe es imposible hacer una valoración, puesto que no indica si las vigas son estructurales del edificio y si el tejado es propio o de la comunidad de Propietarios.
Buenos días,
Deben de impugnar el acuerdo conforme la Ley de Propiedad Horizontal, por lo que les recomendamos acudan a un abogado para el mejor de sus intereses.
Un saludo
La única posibiidad es impugnar el acuerdo judicialmente