Poderes para una aceptación de herencia
Abogado herencias divorcio express Valencia Abogados Sánchez de León
Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil
En principio, la aceptación de dicha herencia en su nombre, no significa que se pueda quedarse con sus activos , pues lo único que hace, es aceptar dicha herencia en su nombre y no en el de ella.
Si bien, para dicha facultad, en ocasiones los poderes notariales se hacen mucho más amplios, autorizando a dicha persona a cobrar, vender, hipotecar, etc. Capacidades que si le permitirían en su nombre disponer de sus bienes.
Por ello, es conveniente limitar, en tales poderes, las facultades que quiere conceder y no otras.
Quedamos a su disposición,
Atentamente.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Si se hace bien el poder, eso no puede pasar, ya que puede autorizar a su prima sólo para que acepte la herencia, firme la escritura y pueda poner los bienes a su nombre, y no al de ella, allí donde sea necesario. Si desea nuestro asesoramiento en la redacción del poder para que lo pueda firmar en la notaría que le pille más cercana, puede contactar con nosotros y pedirnos un presupuesto, el cual en estos casos suele ser económico.
Abogado especialista en Familia Valencia - Carolina Torremocha Barreda - Grupo 6 Abogados
Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia
Hola, cuando te hagan la escritura de poder en la notaria, puedes especificar para qué los otorgas. Si consta que una poder para realizar la aceptación de una herencia en tu nombre, no puede hacer más que aquello para lo que ha recibido el mandato.
Espero que te sirva
ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola Tormo
Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia
Hay que especificar en los poderes, que tan solo son para la aceptación de la herencia .
A su disposición