Pregunta sobre nacionalidad
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Martín Urrea Abogados
Abogado de Madrid especializado en Contencioso Administrativo
Contestado
Estimado Señor. Entiendo que en su caso sería una solicitud de nacionalidad Española por residencia. La residencia debe ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la formulación de la petición. El plazo general para la adquisición de la nacionalidad por residencia es el de 10 años, pero para los nacidos en territorio Español es de 1 año (artículo 22 del vigente código civil). Ha de presentar usted la solicitud en el registro civil de su domicilio. La solicitud junto a la información relativa a la documentación puede obtenerla tanto en el registro civil como en la página web del Ministerio de Justicia. Un cordial saludo.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor