Prescripción deuda seguridad social ii

He comprobado que tengo me han achacado una deuda con la seguridad social que no me corresponde. Aparte de esto, desde 2008 no han tramitado ninguna notificación (lo he comprobado en el expediente).
A parte de reclamar lo que me han atribuido que no me pertenece, claro esta, ¿como puedo solicitar la prescripción extintiva?, ¿con un simple escrito es suficiente?, ¿como he de hacerle llegar a la s.s. la solicitud?, ¿alguna cautela a tener en cuenta a la hora de solicitarla?

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Efectivamente, debe solicitarlo mediante escrito aportando las pruebas, especialmente documentos en que base su solicitud. Revise y mejor aún, obtenga copia del expediente a fin de comprobar las fechas de las actuaciones y fundamentar así mejor su escrito, comprobando la existencia de prescripción. El escrito debe presentarlo ante la Seguridad social, en el departamento desde el que le hayan notificado, dando los datos necesarios para su determinación. Espero haber sido útil, saludos cordiales.

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Pedro J. Márquez.

Pedro J. Márquez.

Abogado de Cartagena especializado en Despidos

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Si la deuda no es tuya lo más directo es esa vía y alegar la prescripción con caracter subsidiario (por si no admiten "que no es tuya"). Por si quieres echar un vistazo la tienes regulada en el art. 21 de la LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/1994, DE 20 DE JUNIO).

El modo de alegar depende del paso en el que se encuentre el procedimiento administrativo (en plazo de pago voluntario, en fase de alegaciones, en via de apremio etc) aunque con carácter general, contra cualquier resolución administrativa puedes recurrir ante la propia administración y si no te hacen caso o no te estiman el recurso, puedes acudir al juzgado.

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Abogado Tarjetas Revolving Barcelona NIETO & SANZ ABOGADOS
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Buenas tardes,

Yo le recomendaría ( valorando previamente el importe de la multa) que se pusiera en manos de un profesional para hacer un recurso lo suficientemente eficaz para que le puedan retirar la multa. Si realmente ha prescrito, vale la pena que se lo trabaje un abogado. Puede contactar con este despacho, pues tenemos un departamento laboral especializado en estas materias. Saludos cordiales. Rosa Nieto, abogada, de NIETO&SANZ, Abogados asociados.

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