Prescripción de la pena de prisión
Buenos días: Mi consejo como letrada es que siendo la condena tan corta, se solicite la sustitución de la pena por alguna medida de seguridad. Si usted no ingresa en prisión y le pone una orden de busca y captura todo se le complicará más.
Le recomiendo que ingrese en el plazo establecido que por otra parte no le supone ningún beneficio añadido pero tampoco le agrava la situación.
Desde nuestro despacho nos ponemos a su disposición para cualquier asunto que necesite, puede contactar con nosotros directamente en el mail mgandradeabogados@gmail.com.
Reciba un cordial saludo
Mariangeles García Andrade
Responsable Dpto. Jurídico
SUÁREZ ABOGADAS - Derecho de Extranjeria, Penal y Familia. Especialistas en Mediación.
Abogado de Madrid especializado en Derecho Extranjería
Buenos días. Nuestro consejo es que ingrese Vd. en prisión, dado que se trata de una condena muy corta y muy pronto obtendrá el tercer grado y saldrá. Lo importante es que Vd. tenga un buen comportamiento en la cárcel. En ningún caso, puede merecerle la pena ni a Vd. ni a nadie estar evadido de la Justicia toda la vida, máxime cuando se trata de una condena corta.
Sería un placer asesorarle a Vd adecuadamente sobre este particular en nuestro despacho.
Constanza Suárez Lemus
Abogada
constanza@suarezabogadas.net
Hay que analizar la documentación del caso y ver las posibles salidas que tiene que, sin lugar a dudas seguro que existen
En cualquier caso, entiendo que su asunto lo habrá llevado un letrado que, con la información sobre la mesa y, dado que ha sido su trabajo, le podrá informar mejor sobre esas dudas.
En el art. 133 del C. Penal se contempla su caso, pero ha de ser correctamente interpretado por un profesional del derecho.
Quedo a su disposición, un saludo
Abogado Penitenciario Barcelona Bufete Larios
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Penal Común
Buenos días. Necesitamos tener más datos del caso para poder asesorarle correctamente. Habría que saber si el abogado que tiene le recurrió la Sentencia, si se ha solicitado la suspensión o sustitución de la pena, si o no antecedentes penales, si es español o extranjero. Siempre es recomendable un ingreso voluntario, ya que de esa manera se demuestra la buena fe y buena voluntad de corregir el error. Un saludo, Bufete Larios ~ Abogados
Cualquier persona con sentido común y más si es profesional del Derecho JAMÁS le aconsejará que incumpla las leyes ni la resoluciones judiciales, por tanto, no puedo entrar en supuestos como los que usted sugiere. Recurra la sentencia si no está de acuerdo con ella o asuma su responsabilidad. Cuanto más tarde en darse cuenta será peor para usted y para todos.
Se trata de una pena menos grave, por lo que en principio prescribiría a los 5 años desde la firmeza de la sentencia, por lo que debe valorar si le compensa estar huyendo de la obligación de entrar en prisión ese tiempo, o por el contrario cumplir la pena, que probablemente no cumpliría íntegramente por beneficios penitenciarios.
Llame mańana a partir de las 11 al si no puede mande un mensaje o haga una llamada perdida.Le indicare en función de sus circunstancias. Falta información.saludos
Llámeme o mando un correo falta informacion