Prescripción seguridad social
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
Como le ha indicado los compañeros seria necesario revisar el expediente a efectos de ver si se inició o no la vía de apremio. No obstante indicarle que como ya se haya iniciado y empezado la tramitación la URE, tenga presente que las deudas a la Seguridad Social no prescriben pues van vinculadas a las prestaciones, las cuales son vitalicias.
ADVOCAT LABORAL i SEGURETAT SOCIAL i FAMILIA Girona i Figueres - Santiago Perez
Abogado de Girona especializado en Derecho de la Seguridad Social
Son 4 años desde la última actuación de la Seguridad Social. Si no se lo pudieron notificar es posible que se lo hayan notificado mediante publicación. Ademas puede que se hayan realizado actuaciones administrativas que interrumpen el plazo de prescripción. Aconsejo intentar acceder al expediente administrativo.
Abogado accidentes Sevilla Silvia De Talavera Gawronska
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil
Buenos días, para poder darle una respuesta adecuada habría que ver el expediente administrativo ya que puede existir alguna actuación de la SSSS que interrumpa la prescripción.
Un saludo