Prescripción seguridad social

Hola buenos días,
tengo una deuda con la seguridad social por tema cuotas de autónomos no pagadas he leído que prescriben a los 4 años mi situación es que vivo fuera de España hace 5 aprox desde que modifique mi residencia pedí que no aceptasen las notificaciones,por no residir ahí.
¿Debería entender que pasados 4 años de la ultima notificacion recibida donde indican el termino para pagar la deuda al no poder notificarme habría prescrito? ¿Y si es así debo solicitar algo?
¿Presentar escrito o realizar acción alguna?
Muchas gracias de antemano
Un saludo.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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Como le ha indicado los compañeros seria necesario revisar el expediente a efectos de ver si se inició o no la vía de apremio. No obstante indicarle que como ya se haya iniciado y empezado la tramitación la URE, tenga presente que las deudas a la Seguridad Social no prescriben pues van vinculadas a las prestaciones, las cuales son vitalicias.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ADVOCAT LABORAL i SEGURETAT SOCIAL i FAMILIA Girona i Figueres - Santiago Perez
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Son 4 años desde la última actuación de la Seguridad Social. Si no se lo pudieron notificar es posible que se lo hayan notificado mediante publicación. Ademas puede que se hayan realizado actuaciones administrativas que interrumpen el plazo de prescripción. Aconsejo intentar acceder al expediente administrativo.

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Abogado accidentes Sevilla Silvia De Talavera Gawronska
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Buenos días, para poder darle una respuesta adecuada habría que ver el expediente administrativo ya que puede existir alguna actuación de la SSSS que interrumpa la prescripción.

Un saludo

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