Presencia de drogas en organismo..multa
Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Sería necesario ver la documentación del procedimiento y ver las apreciaciones que aparecen reflejadas en el boletín.
Una cosa que hay que tener en cuenta es que las pruebas que se realizan por impregnación de saliva sólo reaccionan ante el consumo reciente y, por tanto, el conductor podría dar positivo habiendo consumido la sustancia en las últimas 24 horas.
Cuando el conductor ha dado positivo se le hace un reconocimiento médico, dentro de una ambulancia en la propia carretera, donde un médico comprobará si existen signos sobre la influencia de drogas, tales como el tipo de comportamiento, el lenguaje, el equilibrio, la coordinación, la capacidad visual, etc. No obstante, a efectos de contraste y a petición del interesado, se podrán repetir las pruebas para la detección de drogas que consistirán preferentemente en un análisis de sangre, prueba que será abonada por el interesado si el resultado fuere positivo.
A diferencia de lo que ocurre con la alcoholemia, aquí no hay un límite que determine cuando es una sanción administrativa y cuando penal, sino que en ambos casos habrá un resultado positivo en el test salival, pero luego dependerá de las apreciaciones que realice el médico en cuanto a los signos externos que el conductor manifieste (el lenguaje, el equilibrio, etc). Por eso puede que el policía no reflejase en el acta ningún signo externo.
En el caso de que no esté conforme, usted debía haber solicitado en el momento un análisis de sangre.
Ahora ya es difícil demostrar que no había habido consumo en 24 horas o reciente.
Sobre si prosperaría un contencioso en este caso, como le he dicho al inicio, sería necesario ver el procedimiento completo y comprobar si ha habido alguna anomalía.
Ley de segunda oportunidad Zaragoza JUAN MANUEL PALACIO MARCO
Abogado de Zaragoza especializado en Responsabilidad Civil
Buenas tardes
Del relato de los hechos solo se desprende que no le merece la pena recurrir. Cuando se le practico la prueba se le debió de informar que podría hacerse un análisis contradictorio, y no consta su realizacion.
Atentamente
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
De acuerdo con la respuesta de la Sra. Díez y el Sr. Palacio, en cuanto a la escasa posibilidad actual de impugnar el test realizado en su día. Saludos cordiales