Multa control alcoholemia erronea
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Los conductores con mas de dos años de antiguedad del permiso de conducir. No podrán conducir con tasas superiores a 0.5 gramos por litro en sangre y 0.25 miligramos por litro en aire expirado. se prevé la multa impuesta: "a) Las infracciones previstas en el artículo 65.5.c) y d) serán sancionadas con multa de 1.000 euros. En el supuesto de conducción con tasas de alcohol superiores a las que reglamentariamente se establezcan, esta sanción únicamente se impondrá al conductor que ya hubiera sido sancionado en el año inmediatamente anterior por exceder la tasa de alcohol permitida, así como al que circule con una tasa que supere el doble de la permitida. (Esta letra a) del número 2 del artículo 67 introducida, en su actual redacción, por el apartado veinte del artículo único de la Ley 6/2014, de 7 de abril, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el R.D. Legislativo 339/1990, de 2 de marzo («B.O.E.» 8 abril).Vigencia: 9 mayo 2014). Espero haber sido útil, saludos cordiales.
Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo
Si usted no es profesional la tasa como bien señala es de 0,25 mg/l en aire expirado, podría realizar esta alegación en el recurso, pero si tienen los tickets extraídos de la máquina de alcotest y este resultado es positivo y superior a 0,25 mg/l la sanción seguirá manteniéndose, pues se trataría de un error subsanable el haber puesto que el mínimo era de 0,15 mg/l. También podría solicitar copia de estos tickets como prueba. Si necesita alguna aclaración más puede ponerse en contacto con Patón Abogados. Un saludo
Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
Abogado de Madrid especializado en Responsabilidad Civil
Podría funcionar, ya que la resolución sancionadora debe ser clara en aquello que configura la potestad sancionadora y sin duda el limite legal de alcohol es uno de ellos. Dada la cuantía de la multa y que son 6 puntos podría merecer la pena recurrir y no solo para reducir la multa y retirada de puntos sino para anular la sanción.
Saludos
Abogado Administrativo Madrid - Diego Écija Villén
Abogado de Madrid especializado en Derecho Administrativo
Efectivamente tiene varios motivos para recurrir, más para poder realizar el recurso con vías de que prospere, necesito comprobar la multa (incoación de expediente sancionador), y la resolución.
Una vez haya visto ambos escritos podré asesorarle adecuadamente.
Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Efectivamente la tasa para conductores normales es 0.25 en aire.
podría recurrir la sanción, aunque seguramente la administración haga uso de sus facultades y corrija la notificación.
Seria importante ver la notificación para asesorarle adecuadamente.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Para no ser repetitivo, comparto la tesis de mi compañera Tamara Diez.