Presidente comunidad de vecinos
Abogado Familia Motril Caracuel Abogados
Abogado de Motril especializado en Derecho de Familia
1º).- La cuota de participación de cada inmueble viene asignada en la Escritura Pública de división en Propiedad Horizontal. Cada inmueble tiene asignado su cuota. Es la suma de las cuotas de que sea titular cada propietario la que determina su coeficiente de participación, en la propiedad y en las votaciones.-
2º).- La elección de la junta de Gobierno necesita la mayoría de los propietarios que su vez representen la mayoría de la cuota de participación (en primera convocatoria), y en segunda la mayoría simple, o sea, el voto mayoritario de los propietarios asistentes que representen la mayoría de las cuotas de participación asistentes.-
3º).-Los propietarios que superen el 5% de cuota de participación pueden convocar una junta general en la fecha que determinen y con el orden del día que dispongan (moción de censura, elección de nueva junta directiva, etc).-
4º).- Le aconsejo que la asamblea general sea convocada para una fecha vacacional en la que puedan estar la mayoría de los propietarios, y si no fuere posible, obtener la delegación del voto de sus comuneros.-
Reciba un cordial saludo.-
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
El órgano mas importante es la Junta, en que se adoptan acuerdos que rigen la comunidad. Además de sus estatutos o régimen comunitario. El régimen rotativo es el habitual, pero hay que ser práctico y tener en cuenta que los ausentes no puede realizar determinadas labores y que si hay administrador, éstas son mínimas. También Vds. puede obtener representación de los ausentes, mediante un simple escrito o comunicación en ese sentido de los mismos. Saludos cordiales.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Esta pregunta ya la he contestado.
Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Le remito a la respuesta que le he dado antes