necesito financiación para mi empresa

Guía publicada por:

información sobre las vías de financiación del Instituto de crédito Oficial

Muchas veces hemos pensado eso de “ me pondría de autónomo pero no tengo dinero para invertir y menos para aguantar los primeros meses o el primer año.”

Encontrar financiación se convierte en muchas ocasiones en el gran desincentivo de la actividad emprendedora. Las entidades financieras no nos dan crédito si no garantizamos la devolución de las cantidades y ello nos lleva demasiadas veces a plantearnos hipotecar nuestra casa, pedir a amigos o familiares cercanos que nos avalen y estar siempre con la preocupación de las consecuencias que tenga el no poder hacer frente a nuestras obligaciones.

El Instituto de  crédito Ofical ( ICO) nos ofrece diferentes medios de financiación en condiciones más ventajosas que las que nos puede ofrecer una entidad financiera por su cuenta y riesgo. En concreto para el año 2015 ICO tiene la linea de financiación “ ICO EMPRESAS Y EMPRENDEDORES 2015” destinadas a  autónomos,empresas, fundaciones ONG`S con el objeto de dotarlas de recursos económicos suficientes para hacer frente a sus necesidades de liquidez e inversiones. asi como para particulares comunidades de propietarios y agrupaciones de propietarios para rehabilitación de viciendas y edificios o reforma de sus elementos comunes.

En concreto para el caso de emprendedores y empresas la financiación podrá destinarse:

  • Gastos corrientes ( pagos de nóminas, proveedores, suministros.....)

  • Adquisición de activos nuevos o de segunda mano. En el caso de vehículos turismos la financiación no  superará el importe de 30.000 euros más Iva, en el caso de vehículos industriales se puede financiar el 100% de su precio de adquisición

Las solicitudes se  formularan en cualquier entidad colaboradora del ICO.

Las necesidades de liquidez se solicitarán en modalidad de préstamo y las de inversión en la modalidad de préstamo o de leasing.

Para la amortización del préstamo se pueden elegir varias modalidades con o sin periodo de carencia de principal.

La entidad financiera no podrá aplicar comisiones salvo para el caso de cancelación anticipada voluntaria, que no podrá ser superior al 2,50% sobre el importe cancelado.

Esta financiación es compatible con ayudas públicas recibidas en apoyo al emprendimiento

más información en www.ico.es

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