Prestación por desempleo
Abogado Despidos Madrid Santiago Recuero Astray
Abogado de Madrid especializado en Derecho Laboral
Por desgracia no. A parte de que para cobrar la prestación tiene que estar en situación legal de desempleo (por ejemplo que le hubieran despedido) también es necesario haber cotizado un mínimo de 360 días dentro de los últimos seis años en España o un país donde la cotización por desempleo pueda computarse en España. Quizá si podría pedir el subsidio de 426 € para desempleados que sean emigrantes retornados, para ello necesita estar desempleado (y dado de alta en el INEM), carecer de rentas superiores al 75% del salario mínimo y haber trabajado como mínimo doce meses en los últimos seis años desde su última salida de España en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo o con los que no exista convenio sobre protección por desempleo. Sería un máximo de 18 meses con las prórrogas
Hola, buenos días, para cobrar la prestación por desempleo deberías de darte de alta en la S.S., mediante un contrato laboral, y una vez que hayas extinguido el contrato, podrás cobrar la prestación, acumular este tiempo al cotizado anteriormente y poder cobrar ls prestación. Para cualquier duda no dude en ponderse en contacto con rrosa_rosa@icam.es.
Saludos