¿puede demandarme si debo un mes de alquiler?

Debo un mes de renta de mi bar. ¿Puede demandarme aún pagándole a plazos? Es decir una semana 500 € y la siguiente semana 200 y así hasta llegar a los 1000. Gracias.

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Abogado Accidentes Vigo - GLQ ABOGADOS

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Abogado de Vigo especializado en Derecho Administrativo

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Desde la reforma un sólo mes de impago es suficiente para demandar, a partir de entonces el inquilino tiene un plazo de 10 días hábiles para enervar o intentar enervar el desahucio.Enervar es pagar y continuamos con alquiler .Enervar la acción de desahucio significa que durante ese plazo el inquilino puede pagar, antes del juicio, las rentas debidas y continuar con el alquiler, pagara también los gastos procesales por haber provocado esta situación. Usted solo podrá enervar el desahucio una sola vez durante la vida del contrato de alquiler.Si en el plazo de diez días el inquilino no contesta o abandona el inmueble se le condenará a pagar todos los alquileres y los costes hasta la efectiva entrega del inmueble arrendado.
A pesar de ello lo habitual es que antes de iniciar acciones legales le haga llegar burofax o carta certificada en la que le conmina a pagar fijando un plazo . En glqabogados vigo estamos a su disposición

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Molowny y Sarriá Abogados

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Abogado de Vigo especializado en Derecho Concursal

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Buenos días.

Pueden demandarle en cuanto incumpla un sólo pago de la renta.

No obstante, el hecho de que abone los 1000 euros fraccionadamente pero dentro del mes vigente, como así nos expone, puede ser viable pues cumple con el pago de la renta en el mes que se devenga, salvo que en el contrato se exprese que el retraso en el pago puede dar lugar a la resolución del mismo.

Dicho lo anterior, le aconsejamos que abone la renta del mes que debe en su totalidad y la renta del mes vigente hable con el arrendador para acordar, le aconsejo que por escrito, un fraccionamiento de pago dentro del propio mes en curso. De esta manera, el arrendador cobrará su renta en el mes en curso y usted puede pagar fraccionadamente atendiendo a sus ingresos semanales.

Estamos a su disposición para cualquier negociación o mediación y, en su caso,para el eventual proceso judicial.

Reciba un cordial saludo.

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ALONSO ABOGADOS

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Abogado de Vigo especializado en Derecho de Familia

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Puede demandarle con un sólo mes de impago, si está teniendo problemas económicos trate de hablar con el arrendador y evite problemas, nuestro despacho estará dispuesto a ayudarle de forma extrajudicial y si fuere preciso judicialmente.

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Abogado Penalista Pontevedra - FERNANDEZ & RAMIL
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Si te pueden demandar y desahuciar por el impago de un mes de alquiler. Mi consejo sería que negocies con los propietarios la forma de pago que propones en tu pregunta. Saludos

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León Bendayán

León Bendayán

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Inmobiliario

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Con un sólo mes ya se puede, y no se puede evitar ni siquiera pagando poco a poco.

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