¿Puede la madre de mi hijo reclamarme algo desde Colombia?
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenas tardes. Creo que si usted tiene un hijo y lo reconoce como tal, tiene unas obligaciones con el que no puede eludir.
Distinto es que, al haberse desplazado voluntariamente a su país, usted en un momento determinado pueda soiicitar la guarda y custodia, que no será sencillo, ya que su hijo estará en Colombia.
En cuanto a facilitar su domicilio y su d.n.i., creo que no debe facilitárselo, hasta que no se conozca cual es la causa, ya un creo que será para exigirle alimentos, mientras que no tendrá regimen de visitas.
El tema es delicado y pienso que es un tema para tratar personalmente, para conocer la situación real, para lo cual estamos, si lo desea, a su disposición en el despacho.
Un cordial saludo