¿Puede un menor emancipado abrir una cuenta bancaria?

Si un menor de edad (16 años) está legalmente emancipado ¿puede abrir una cuenta aunque sea para mayores de 18 años? Si es así. ¿Cómo puedes demostrarlo a la hora de verificar? Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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Jorge García Mallo

Jorge García Mallo

Abogado de Coruña especializado en Derecho Penal

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Buenos días.

En primer lugar, por edad (16) y si su emancipación ha sido legalmente establecida, el menor podría abrir una cuenta bancaria.

Dado que es una figura especial, a medio camino con la mayoría de edad, deberá poder probar su condición de emancipado. Y la prueba dependería del caso en particular. Si tomamos como ejemplo el caso de que haya consentimiento de los padres, deberá tener una prueba de ese consentimiento como puede ser una declaración por parte de los padres facilitándole esa condición. Esa declaración debería incluir una serie de información básica para darla por buena.

Espero haber ayudado y quedo a su disposición para seguir dudas que se le puedan plantear respecto a este tema.

Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Milicua Abogados SCP

Milicua Abogados SCP

Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho Administrativo

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En primer lugar, ningún menor de edad puede hacerlo de forma independiente. Será el representante legal quien realice los trámites en su nombre, salvo para un menor emancipado (mayor de 16 y menor de 18 años) que podrá obrar por sí mismo.
Si el menor tiene el AUTO de un juzgado, que acredita la emancipación del menor, si podrá abrir una cuenta corriente a su nombre.
Si esta emancipado de hecho, pero no de derecho, tendrá que ser con la autorización de su representante legal.
Atentamente,
Pedro Torres Romero (abogado).

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JOSEP ARTERO PADROS

JOSEP ARTERO PADROS

Abogado de Barcelona especializado en Derecho Procesal

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Buenos días,
la emancipación con la sentencia que lo justifique sí que lo permite. Lo que hará la entidad financiera es solicitarle información al respecto.

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Abogados, Cava

Abogados, Cava

Abogado de Lora del Río

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Buenos días, entendemos que sí, con la sentencia judicial en la que se establezca que está legalmente emancipado.

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