¿Puede mi hija denunciar a su padre por alimentos?

Mi hija en breve cumplirá 18. Hace tres que no percibe la pensión de alimentos. Hay una sentencia en la cual el padre está obligado a pagarla, pero no la paga desde hace tres años. Yo no quería denunciarlo puesto que me daría problemas, pero mi hija que ahora cumple la mayoría de edad, se está planteando si puede denunciarlo, ya que yo la mantengo, le pago sus estudios y todo. Por lo visto, a su padre le van bien las cosas y se permite lujos. Mi pregunta es si ella directamente lo puede denunciar a él sin tener que ser y, puesto que a mí me crearía problemas. ¿Qué tendría que hacer?

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Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez

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Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General

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La beneficiaria es ella, ese dinero es para ella, al cumplir los 18 puede ejercer por sí misma sus derechos y reclamar el pago.

Aún así, lo más coherente es que seas tú quien lo reclame.

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Hola Buenos días, perfectamente podría ud. solicitar al Juzgado el cumplimiento de la sentencia e iniciar un procedimiento de ejecución de esa sentencia que llegaría al embargo de los bienes de su ex marido. Ella cuando cumpla los 18 también podría solicitar el cumplimiento al ser mayor de edad. Si le parece podemos concertar una visita.

Saludos

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Lo correcto sería que la demanda la presentara usted, pues mediante sentencia se estableció que el pago se le debía realizar a usted en la cuenta que designara al efecto. Si usted misma reconoce que ha estado manteniendo sola a su hija, no tiene porqué tener miedo a represalias del padre, pues como bien señala usted se ha hecho cargo de todo y no dependen de él. Si aún así prefiere que lo haga su hija, una vez ella adquiera la mayoría de edad podría reclamarlo ella pero por delegación suya. Un saludo

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Debe ejecutar la sentencia usted mientras sea menor de edad, y cuando ella alcance la mayoría de edad, ambas. Si pretende denunciar penalmente, tendría que ser ella cuando cumpla 18 años, y se le embargarán bienes para cubrir las cantidades que adeuda.

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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

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Hola, buenas tardes.

En la vía penal puede denunciar ella directamente, y en la vía civil necesita hacerlo a través de usted, aunque si se otorgan poderes usted sólo aparece en un papel.

Si desea una primera entrevista gratuita, estamos a su disposición.

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ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

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Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia

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Si la pensión de alimentos se fijó en la sentencia en la que ustedes se separaron, y su hija sigue conviviendo con usted, debe ser usted quien solicite el pago de esa pensión

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Abogado Delito Económico Barcelona Manuel Alonso Martinez

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Abogado de Olesa de Montserrat

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Puede demandarlo su hija solicitando alimentos en la vía civil o en la vía penal por incumplimiento de la sentencia de familia.

Un saludo.

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Advocat Divorci Mataró Mª TERESA ALIBERAS MORROS
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Si su hija convive con Ud. y la pensión de alimentos a satisfacer por el padre viene recogida en la sentencia de divorcio es Ud. quien debe de ejecutar la sentencia de divorcio.
Saludos cordiales

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