¿Puede mi madre negarse a pagarme una pensión alimenticia declarándose insolvente?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
En relación con lo que pregunta le precisamos lo siguiente: 1)En caso de que se decida por reclamar alimentos a su madre, tiene que saber que dichos alimentos, pueden ser prestados recibiéndolo y manteniéndolo su madre, de nuevo, en su casa, salvo que concurran otras circunstancias que fundamenten que se excluya dicha posibilidad; 2) Asimismo también tiene que saber que es posible solicitar medidas cautelares urgentes en su caso; 3) Y finalmente tiene que saber que puede solicitar justicia gratuita y que le sea designado un abogado y procurador de oficio para litigar o bien, con carácter previo, para que le preste asesoramiento sin tener que pagar nada, por lo que para ello tiene que dirigirse al Colegio de Abogados más cercano.
Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
Abogado de Burgos especializado en Violencia de género
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Usted puede solicitar pensión alimenticia a su padre y a su madre, para lo cual deberá demandar en el domicilio de uno u otro. Dicha pensión será fijada en el Juzgado teniendo en cuenta sus necesidades económicas y los ingresos de los progenitores. Para ello, y dado que no cuenta con ingresos suficientes, le aconsejo que solicite Abogado de Oficio y Justicia Gratuita ante el Colegio de Abogados donde usted resida
Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
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La RGI se otorga en función de la unidad familiar, eso no genera un derecho a que a ti te den una pensión.
Si estás en situación de desamparo, también puedes pedir la RGI aunque seas menor de 23 años
En todo caso, si tu madre te declaró como miembro de la unidad de convivencia y ya no lo eres, deberá notificarlo para que procedan a cambiar la situación.
La RGI es una ayuda inembargable.