Puede una persona perder una finca comprada hace 35 años a una sociedad disuelta si no ha escriturado ni la ha registrado
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenas tardes.
Lo primero que tiene que responder es si tiene contrato privado de esa compra, ya que si lo tiene tendrá que instar judicialmente la elevación a público de dicho contrato.
Si no lo tiene y tiene pruebas suficientes de su compra, como pueden ser recibos de suministros, luz, gas, teléfono, etc., podría instar un procedimiento judicial, denominado adquisición prescrito a, es decir que han transcurrido los plazos suficientes para conseguir la inscripción de la finca a su nombre por haberla poseído durante el plazo que se requiere para la adquisición de un bien por prescripción.
En cualquier caso, no debe usted temer por su propiedad, siempre que pueda justificar su tenencia, a título de dueño.
Si desea cualquier aclaración no dude en ponerse en contacto con el despacho, ya que he sido oficial de notaria mas de 40 años, y mi experiencia en estos asuntos, es muy amplia.
Un cordial saludo
Palau Abogados César Palau Temprado / Marta Guimerá Zaera
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho de Familia
Habría que estudiar el caso más profundamente, pero es posible.
Ud. podría instar una tercería para acreditar su titularidad, pero hay que tener en cuenta que el nuevo propietario sería un tercero de buena fe e incluso por el transcurso del tiempo cabría la prescripción adquisitiva.
Como le indicó, hay mucho que ver.
Quedo a su disposición.
Un saludo.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Comparto el criterio de mis compañeros, es posible la adquisición del dominio en determinados casos, disponiendo de justo título y buena fe. Es necesario analizar el caso para poder contestar con precisión. Espero haber sido útil, saludos cordiales.
Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Si no aparece como legítimo dueño sí puede perderla. Lo inscrito en el registro de la propiedad se presume válido y sirve para dar seguridad jurídica a terceros que adquieran esa finca, o que puedan tener un derecho sobre ello.
Abogado Gandía - Daniel Furió Moncho
Abogado de Gandia especializado en Derecho Concursal
Si el comprador tiene el contrato de compraventa, y posee la finca durante 30 años sin que nadie le haya reclamado la propiedad, es considerado propietario a todos los efectos, por tanto no debería perder la finca .
Podría pasar si no se puede probar que la persona que compró la finca se ha comportado como dueño durante ese tiempo.
Un saludo.
ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario
Si otra persona la inscribe a su nombre en el Registro, su inscripción sería plenamente válida y en la práctica equivaldría a perder la finca.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Para no ser repetitivo, comparto la tesis de mi compañera Tamara Diez.