¿Pueden otorgar la custodia compartida si no cumple con la pensión de alimentos?

Buenas noches,

Tengo una niña de 4 años de la cual tengo yo la custodia ya que, cuando me separé, me volví a casa de mi madre a Barcelona y él vivía en el Pirineo en Lleida. La custodia compartida era imposible por tantos km de distancia.

El padre de la niña nunca a pasado lo que acordamos y cada vez menos, el régimen de visitas no lo ha cumplido prácticamente nada y para llamar a su hija por teléfono hace servir a mi madre, conmigo no se comunica ya que no nos llevamos bien, y ahora pretende venirse a vivir a Barcelona para pedir una compartida. ¿Es probable que le den compartida sin haber cumplido nada de lo que acepto en su momento? Y el echo de que él y yo no tengamos buen rollo, ¿no influye? Ya que si hemos de cuidar de nuestra hija y no tenemos comunicación ninguna, va a resultar dfícil

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ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

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Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia

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Por lo que usted expone, si la custodia la tiene usted, será el que debe iniciar los trámites para solicitar la custodia compartida.
Será en ese momento cuando usted podrá defenderse de su petición alegando todos los incumplimientos que él ha cometido, y, veo difícil que con esa situación concedieran al padre una custodia compartida. Incluso sus múltiples incumplimientos podrían provocar que usted tenga derecho a privar al padre de los derechos que le concede la patria potestad.
Para completar esta información, puede usted tener una visita con nosotros y le informaremos de los trámites a seguir.
A través de esta misma web, puede facilitarnos su teléfono y/o mail y nos pondremos en contacto con usted.
Cordialmente.
JORGE ZAMORA VALLE (ABOGADO)

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Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats

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Efectivamente la pretensión de él carece de fundamento (es prácticamente imposible que con esa situación obtenga una custodia compartida). Lo que sí puede variar son las medidas en función de la causa que él pueda manifestar para el traslado que ha hecho (mayores gastos a los mismos o menores ingresos, con lo que pueda reducir la pensión existente, o alterar el régimen de medidas vigente). Insisto en la conveniencia de solicitar judicialmente la ejecución de lo impagado (de pensión, de gastos extraordinarios, o incluso de cargas familiares que pudieran estar contempladas en el convenio o sentencia vigente).

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Abogado nulidades eclesiásticas Barcelona CRUZ - PADILLA ABOGADAS
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Buenas tardes,

El juez siempre tendrá en cuenta el comportamiento previo del padre respecto de su hija, y la relación existente entre los padres. Pero lo más importante es que caerá sobre ti y tu abogado demostrar ese comportamiento del padre, por lo que si no te ha abonado lo que establecía la sentencia por pensión de alimentos tendrías que reclamárselo, a la vez que le tendrías que reclamar también que proceda a cumplir con el régimen de visitas. Así, estarías mejor cubierta ante la posibilidad de que solicite la custodia compartida.

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Hay diversos factores que juegan a su favor, la edad de la niña, el incumplimiento del padre, su mala relación con vd., lo que parece abonar el mantenimiento del sistema vigente hasta este momento. Importante será el informe del equipo psicosocial del juzgado, a la hora de que el juez decida al respecto.
Debe ir preparando el terreno, por lo que le convine irlo consultando con una abogado especializado.
Espero haberle sido útil, quedamos a su disposición, un cordial saludo.

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xxx xxx xxxxx

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho Laboral

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Si el padre no ha cumplido con las visitas y con los alimentos, hay que ejecutar la sentencia de separación y/o, en el caso de los alimentos, poner una denuncia penal por impago de pensiones.
Si la niña es pequeña y el padre hace tiempo que no ve a la niña, es difícil aunque no imposible que de entrada le den la compartida, aunque no imposible, y menos en el futuro.
Si quiere asesoramiento legal puede contactar conmigo.

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Abogado de Barcelona especializado en Asesoramiento jurídico a empresas

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Estamos de acuerdo con lo comentado por el resto de compañeros, a priori parece difícil que pueda darse un cambio de régimen, partiendo de la información facilitada.

Quedamos a su disposición.

Un saludo.

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