¿Pueden publicarse fotos sin permiso en redes sociales del ayuntamiento?
Buenas tardes,
el tema es más complejo de lo que parece. La Ley de Protección de Datos de 1999 considera la imagen como dato. La Ley de protección a la propia imagen de 1982 también le confiere al tutor del menor la facultad protectora de la imagen de su hijo. Pero el problema está en que el Ayuntamiento no tiene ánimo de lucro en publicitar en una página como Facebook las fotos de su verbena, que, además, se desarrolla en un lugar público... Por ello, se puede hacer. Si Ud. tiene derecho a una rectificación de foto de su hijo en la página de Facebook es un "laberinto" que no es sencillo por el entramado legislativo que se aplica, y que, desde luego, exigiría ver las fotos, y estudiarlo con más detenimiento.
Un saludo.
ABOGADO MEDIACION VALENCIA DNC ASOCIADOS
Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil General
En principio estás en un sitio público y no hay reserva del derecho a la imagen, en segundo lugar, no se está identificando a los fotografiados ni se busca un lucro con la publicación de las fotos; y en tercer lugar, el fotógrafo no está escondido, estaba abiertamente haciendo fotos, por lo tanto en principio no puedes hacer nada.