¿Puedo anular una multa si ha pasado más de una hora?

Buenos días.

Me han puesto una multa por estacionar en zona azul sin poner el papelito, un sábado a las 9:40 de la mañana. Según tengo entendido, hay una hora para anular las multas y dado que el horario del "servicio" de aparcamiento comienza a las 9, ¿no debería ser posible tener hasta las 10 de la mañana para anular la multa? En la nota que me han dejado se indica claramente que es una multa no anulable.

Muchas gracias.

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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En relación con lo que pregunta le precisamos lo siguiente: 1) La "nota" que le ha dejado alguien que, seguramente, no tiene la condición de agente de la autoridad ni cuenta, por lo tanto, con presunción de veracidad, puede ser recurrida si así ha sido con altas probabilidades de prosperar el recurso; 2) Otra cosa es, dado su importe y la rebaja por pronto pago que se le ofrece, que le merezca la pena asumir un gasto por recurrir si tiene que contratar a alguien para hacerlo, por lo que en todo caso tiene que valorar antes, sin el calentón del momento, cuánto le cuesta recurrir, en tiempo y dinero, y cuánto tiene que pagar por la "notita" con la reducción del 50 %; 3) Finalmente le comentamos que, conforme a la normativa que resulta de aplicación en cada caso, no todas las mal llamadas multas de ese tipo son anulables como, por ejemplo, la que le han puesto, como dice, por "estacionar en zona azul sin poner papelito", si bien es cierto que las anulables puedes dejarse, normalmente, sin efecto con un pago extra dentro de la hora siguiente a la hora límite que figura en el ticket; 4) Si desea contar con nuestro asesoramiento, previa aceptación del presupuesto que le sería remitido, puede ponerse en contacto con nosotros por teléfono o por email.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Esdeley

Esdeley

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones

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Mi consejo es que acuda al servicio de recursos de multas de su compañía de seguros. Son multas puestas con base en la denuncia de una empresa, que no es agente de la autoridad. Estas y otras causas podrían ser motivos de la nulidad de la multa.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Le sugiero que observe si la multa está firmada por un agente de la autoridad, es decir por un Policía Local, de no ser así es susceptible de recurso y cabe l a posibilidad de anularla.

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