¿Puedo cobrar la pensión de viudedad si mi exmarido se casó otra vez?

Mi ex marido me pasa una pensión compensatoria. Ahora se va a casar con otra mujer. ¿Tengo derecho a que me siga pasando la pensión? Y en caso de fallecimiento, si ya está nuevamente casado, ¿yo puedo cobrar la pensión de viudedad?

Gracias

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Contestado

Estimada señora, el hecho de su exmarido contraiga nuevas nupcias no interrumpe su derecho a pensión compensatoria, siempre que usted no se case nuevamente.
En cuanto a la pensión de viudedad, según la normativa actual, nos ice que en caso de viudedad, la pensión se prorratearía entre las dos esposas, dependiendo del tiempo de convivencia, pero con matices, es decir, la pensión que usted recibiría no podría ser superior a la pensión compensatoria que le corresponde, y la última viuda no podría recibir menos del 40 por 100 de la pensión de viudedad.
Es un tema complejo, por lo que si desea cualquier otra aclaración estamos a su disposición en el despacho.
>Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado accidentes Alcorcón LEXTERLOI
Contestado

En cuanto a la pensión compensatoria, el hecho de que contraiga nuevo matrimonio, no debe dar lugar a la extinción de la misma, salvo que, previa prueba, se acrediten nuevas circunstancias económicas que puedan dar lugar a una modificación de medidas. En cuanto al cobro de la pension de viudedad la cobrara junto a la nueva mujer en proporción a los años de convivencia de cada una y siempre y cuando usted mantenga su derecho de pensión compensatoria al fallecimiento del mismo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Herencias Córdoba Navarro Cabanillas

Abogado Herencias Córdoba Navarro Cabanillas

Abogado de Córdoba especializado en Derecho de Familia

Contestado

Buenas, al tener un derecho de cobro como es la pensión compensatoria, suponemos que es vitalicia. En caso de falecimiento del madrido usted tendría derecho a seguir percibiendo su pensión, pero estaría condicionada a la parte correspondiente del haber regulador de la pensión, que se repartiría también con su nueva viuda.

Un saludo cordial

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
Basic
CASTRO & DEL POZO - ABOGADOS

CASTRO & DEL POZO - ABOGADOS

Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Penal Común

Contestado

El tema de la pensión de viudedad debe consultarlo en el I.N.S.S. Acuda a la oficina de su lugar de residencia y le informarán.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
Basic
Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Contestado

Podrá cobrar una parte de la pensión de viudedad, pues tendrá que compartirla con la nueva esposa.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado