¿Puedo evitar la cárcel tras un quebrantamiento de orden de añejamiento?

Mi pareja y yo teníamos una orden de alejamiento impuesta tras una denuncia suya por publicar yo información humillante para ella en su muro de Facebook -descubrí que había estado poniendo anuncios como prostiruta mientras salia conmigo y publiqué los enlaces a esos anuncios-. En un primer momento se me acusó de maltrato psicológico y se me puso una orden de alejamiento. El juez ha considerado hace unas semanas que no consideraba apropiado considerar que había sido maltrato sino simplemte vejaciones y que el juicio sería por faltas, no por delito.
Pero mi pareja y yo, en el transcurso de los meses volvimos a hablar y un día, unos 8 meses después de que se emitiera la orden de alejamiento, la policía nos encontró en un hotel y me detuvieron.
El abogado de oficio nos ha dicho que la pena es de 6 meses a un año de cárcel. ¿Quién puñetas, por no decir otra cosa, se cree q es el Estado para decidir si dos personas adultas pueden de mutuo acuerdo perdonarse y darse otra oportunidad? ¿De verdad no hay forma de no terminar en la cárcel dos personas que simplemente quieren estar juntos y que en su vida han cometido un delito, cuando esos mismos jueces sueltan al dia siguiente a ladrones con docenas de detenciones y condenas a sus espaldas?

Gracias por su tiempo.

Respuestas de otros profesionales:
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Buenos días,
En primer lugar se podría estudiar su caso puesto que si el propio juez ha estimado que no son malos tratos sino que son vejaciones, se podría defender esa orden de alejamiento.

Por otro lado, si no tiene antecedentes penales no ingresaría en prisión.

Si le parece oportuno y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento más personal, podría concertar una cita en nuestro despacho donde le atenderemos más adecuadamente. Reciba un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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IXCHEL ABOGADOS

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común

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Buenos días,

Entiendo tu posición, pero la orden de alejamiento es una medida acordada por un juez, y su incumplimiento constituye un delito de quebrantamiento. En cualquier caso, si careces de antecedentes penales, al ser la pena de prisión inferior a dos años, no tendrás que ingresar, se acordará la suspensión. Podemos llevar tu caso si estás interesado.

Saludos

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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Buenas noches.
Realmente las órdenes de alejamiento no se pueden incumplr.
Para poder asesorarle necesitaría conocer el atestado de las policía, y como parece que ya ha sido asistido por un abogado, necesitaría la venia de ese abogado.
Si quiere cualquier aclaración pongase en contacto con el despacho.
Un cordial saludo

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Abogado accidentes Alcorcón LEXTERLOI
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Buenos días : si existirían formulas.

Póngase en contacto con este despacho para estudiar su caso.

Reciba un cordial saludo.

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