¿Qué puedo hacer si me despiden sin preaviso?

Me acaban de despedir diciéndome que mañana ya no me necesitan sin que me avisen 15 días antes con una carta. ¿Qué puedo hacer?

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LABORALIUM

LABORALIUM

Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho Laboral

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Buenos días: El preaviso de 15 días es aplicable a los supuestos de finalización de contrato, pero no a los despidos, que pueden producirse el mismo día en que el empresario tome la decisión extintiva. Sin embargo, el Estatuto de los Trabajadores exige que el despido se efectúe por escrito, con detalle de los motivos que lo justifican.
En su caso le han despedido de manera verbal, por lo que, al margen de que el despido pueda ser calificado como improcedente por incumplimiento de requisitos formales, debe acudir urgentemente a un abogado para que le asesore sobre lo que debe hacer, especialmente el envío de un telegrama a la empresa a fin de que ratifique por escrito el despido y usted salvaguarde sus derechos en caso de que la empresa alegue un abandono injustificado del puesto de trabajo. Saludos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Adrián Vidal

Adrián Vidal

Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes, sin concretar más detalles es difícil poder decirle que el despido que le han efectuado sea improcedente o nulo. No obstante, tal y como lo expresa, podría ser improcedente. Si lo desea puede contactar conmigo a través de los datos de este portal para mejor asesoramiento. Saludos.

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abogado laboralista

Abogado de Plasencia especializado en Derecho Laboral

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Al abonarle la indemnización le tendrán que abonar el período de preaviso, es decir, pagarle los 15 días.

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