¿Qué puedo hacer si se niegan a pagarme indemnización?
Hola, buenos días.
El procedimiento básicamente consiste en presentar primero una papeleta de conciliación ante Servicios Territoriales de la Generalitat de Catalunya en reclamación de cantidad por los importes que le adeudan más los intereses correspondientes. El mismo día que se presenta la papeleta le darán la citación con la fecha y hora del acto de conciliación. A ese acto deberán asistir ambas partes (la empresa y el trabajador), para intentar negociar de buena fe una solución amistosa.
Si ello no es posible, el acto terminará sin avenencia o como intentado sin efecto (si la empresa no comparece) y deberá presentarse una demanda ante los Juzgados de lo Social. La demanda deberá dirigirse contra la empresa y el Fondo de Garantía Salarial.
Si ya han transcurrido 6 meses, tenga presente que antes de que se cumpla 1 año, deberá presentar la papeleta de conciliación para interrumpir la prescripción o perdería la posibilidad de reclamar judicialmente esos importes.
En lo concerniente a intentar cobrar una indemnización mayor por razón del despido, ello no es posible, dado que el período de caducidad de la acción de impugnación de la medida extintiva es de 20 días hábiles.
TARINAS GRUP
Abogado de Calella especializado en Derecho del Trabajo
Hay que presentar una petición de conciliación y demanada judicial, contra la empresa, y contra el FOGASA. Si la empresa es insolvente, el FOGASA pagará hasta determinados límites, en función de la base de cotización.
Estoy de acuerdo con el procedimiento que le ha expuesto el Letrado. Si necesita nuestra ayuda y está en nuestra zona de actuación, no dude en ponerse en contacto con nosotros lo antes posible.
Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil General
Si nos facilita los datos , podremos averiguar si la empresa entró en concurso de acreedores o no ha hecho nada.
Nuestra primera visita es gratuita.