¿Puedo irme al extranjero y cobrar el paro?
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Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
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Buenos días,
Usted si se va por vacaciones no pierde el paro pero habría que estudiar su caso más concretamente, pero en principio si usted únicamente va de viaje no ocurre nada, el problema es si usted comienza a trabajar fuera o tiene algún otro interés.
Espero que la información le haya servido, para cualquier otra consulta estamos a su entera disposición.
Reciba un saludo cordial.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Si vd. está fuera de España más de 15 días naturales (y el INEM tiene constancia de ello), le pueden suspender la prestación por desempleo.
www.denunciaatuempresa.com
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