¿Puedo marcharme con una indemnización si me han obligado a una bajada de sueldo?

Me han reducido el sueldo un 5% por un acuerdo con el sindicato, acuerdo por el que podrían llegar a reducírmelo un 12%. No estoy contenta y me gustaría saber si puedo denunciar ésto o puedo marcharme con una indemnización. Gracias.

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Eva María Sánchez de la Orden

Abogado de Cádiz especializado en Derecho Civil

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Estimado cliente:

El artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores dispone que:

La empresa puede llevar a cabo o la reducción salarial, de manera individual o colectiva.

Ante una modificación sustancial de condiciones salariales, el trabajador puede optar por:

- Aceptar la medida

- La extinción de su relación laboral, teniendo en este caso derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con el tope de 9 mensualidades.

- Impugnarla ante el Juzgado al entender que no es ajustada la reducción salarial que le han aplicado.

Si la medida de reducción salarial es individual el trabajador puede impugnarla en el juzgado en un plazo de 20 días desde la notificación por parte de la empresa.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado