¿Puedo pedir orden de alejamiento a mi hermana de 20 años si vivimos en el mismo domicilio?
Abogado divorcio Alicante - Benito Cosme Martínez Barco
Abogado de Alicante/Alacant especializado en Derecho Civil
La orden de alejamiento puede imponerse como pena privativa de derechos en una sentencia o bien como medida cautelar durante la instrucción, en ambos casos ha de ser un juez el que determine la procedencia y el alcance de esta medida.
Es requisito previo la interposición de una denuncia por la comisión de uno de los delitos recogidos en el Art. 57 del Código Penal (homicidio, aborto, lesiones, contra la libertad, de torturas y contra la integridad moral, trata de seres humanos, contra la libertad e indemnidad sexuales, la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico).
Una vez presentada la denuncia, el Juez puede acordar como medida cautelar la aplicación de esta medida, que puede alcanzar la prohibición de residir o acudir al lugar en el que resida la victima, la prohibición de acercarse a ella y la de comunicar con ella por cualquier medio.
El hecho de que actualmente tu hermana viva en el mismo domicilio que tu no es causa para impedir la aplicación de la medida, pero, repito, ha de ser un juez el que, una vez interpongas la denuncia contra tu hermana, valore la necesidad de dicha aplicación.
ABOGADO DIVORCIO ELCHE ESTHER BARBUDO VAZQUEZ
Abogado de Elche/Elx especializado en Derecho Civil General
Buenos días,
Comparto la contestación de mi compañero.
Un saludo,