¿Puedo reclamar aún en el FOGASA por una deuda laboral?
Respuestas de otros profesionales:
Basic
-
Mejor respuesta según autor
Contestado
Buenos días. Las deudas salariales prescriben en el plazo de 1 año desde que debieron ser cobradas. Sin embargo, la prescripción debe ser alegada por la parte contraria (el Juez no puede apreciarla por su cuenta), por lo que si la empresa ha desaparecido, puedes volver a plantear la demanda. Si el juicio es en rebeldía porque no acude ninguno de los demandados (empresa o FOGASA), nadie alegará la prescripción, por lo que el Juez condenará a las partes al pago. Si la empresa es insolvente, y creo que así es, el FOGASA debe pagar la deuda. Te recomiendo que acudas a un abogado de tu provincia y te informe con más detalle. Saludos.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
contacte con este Abogado