¿Puedo reclamar por impago de alimentos?

El padre de mis hijas me debe un año de pensión de alimentos. ¿Puedo reclamarlo si él dice que no cobra nada aunque en la actualidad está trabajando?

No sé si está obligado a devolverme los atrasos.

Respuestas de otros profesionales:
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LEX ABOGADOS

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Abogado de Talavera de la Reina especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes...el problema planteado esta hoy a la orden del día habida cuenta la situación que atravesamos....pero comentar que existe un proceso civil cuya única finalidad es "el cobro o el pago" de las pensiones fijadas en sentencia y que se llama Ejecución de Sentencia.
El objetivo es que los menores tengan garantizada la cantidad que sus padres tienen obligación de pagar y para ello se procede, tras la correspondiente averiguación de la situación del padre (si trabaja o no, si cobra pensión o subsidio) al embargo de los ingresos que este perciba por un importe igual al que viene obligado o superior...se pueden reclamar los últimos cinco años...
No obstante, cualquier compañero aunque se acerque podrá facilitar más información de los pasos a seguir.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO DON BENITO - FILIBERTO RUIZ GONZALEZ
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El padre está obligado al pago de los alimentos y se pueden reclamar los atrasos de los últimos cinco años. Si tiene ingresos si no paga se el embargan las cantidades mensuales por el juzgado y se le ingresan directamente en la cuenta que usted designe.
Si el padre no tiene ingresos la Seguridad Social abona 100€ mensuales por hijo cumpliendo los requisitos legales especificados en la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, y regulado por el Real Decreto 1618/2007, de 7 de diciembre.
Si desea contactar con nosotros puede hacerlo y le informamos detalladamente de las condiciones económicas.

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Tiene 5 años para reclamar los alimentos atrasados y si el padre no puede pagar puede obtener un anticipo de 100 € al mes por hija y por un máximo de 18 meses si cumple los requisitos establecidos para ello, recomendándole que en este caso lea la guía legal sobre alimentos en caso de impago. Si desea contactar con nosotros puede hacerlo por teléfono o email, ya que trabajamos en toda España y también prestamos asesoramiento telefónico y on line en casos como el suyo.

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LABE Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado cliente: Como especialista en Derecho Civil puedo decirle que tiene derecho a reclamar el pago de la pensión de alimentos y los atrasos. Nuestro bufete tiene más de 30 años de experiencia en la resolución de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional. En caso de necesitar más información adicional, puede ponerse en contacto con nosotros. Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo. Atentamente

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