¿Puedo tener responsabilidad penal por aceptar una indemnización ante un accidente de circulación?
Abogado Torrevieja Domenech Abogados
Abogado de Torrevieja especializado en Responsabilidad Civil
Buenas tardes,
si usted resultó perjudicado en un accidente de circulación y fue no puede tener ningún tipo de responsabilidad civil.
Ahora bien, si se tratase de una presunta de estafa a una compañía aseguradora, aunque usted hubiera resultado indemnizado, si con psterioridad se descubrieron hechos por los que el accidente donde resultó prejudicado revistieran el caracter de presunta estafa a compañía aseguradora, es probable que lo denunciaren o se querellaren contra usted, en ese momento podrá defender usted su inocencia.
Saludos,
Inmaculada Ruiz Doménech
Buenas tardes,
Coincido en la opinión que ha manifestado mis compañeros. Si se ha iniciado un procedimiento penal por lesiones en una accidente de tráfico y ya ha sido debidamente indemnizado por la compañía aseguradora responsable, probablemente haya firmado una renuncia a acciones legales. El abogado con el que haya tramitado la misma o la compañía lo habrá puesto en conocimiento del Juzgado dicho acuerdo. Si usted ya ha renunciado, no se debe porqué preocupar.
Saludos cordiales
Buenos días: Por lo que expone, entiendo que usted sufrió un accidente de circulación en el que sufrió lesiones. Si usted llegó a un acuerdo indemnizatorio extrajudicial con la otra parte, usted renunció entonces a ejercer ningún tipo de acción ni penal ni civil posteriormente. Es por ello, por lo que ahora no puede retomarse dicho procedimiento. Un saludo.