¿Puedo tener responsabilidad penal por aceptar una indemnización ante un accidente de circulación?

¿Podría abrirse un proceso penal por un accidente de circulación si renuncié y cobré una indemnización por ello? El conductor contrario no respetó el semáforo. La fecha de la renuncia fue el 3 de octubre de 2013.

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Buenas tardes,

si usted resultó perjudicado en un accidente de circulación y fue no puede tener ningún tipo de responsabilidad civil.

Ahora bien, si se tratase de una presunta de estafa a una compañía aseguradora, aunque usted hubiera resultado indemnizado, si con psterioridad se descubrieron hechos por los que el accidente donde resultó prejudicado revistieran el caracter de presunta estafa a compañía aseguradora, es probable que lo denunciaren o se querellaren contra usted, en ese momento podrá defender usted su inocencia.

Saludos,

Inmaculada Ruiz Doménech

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Buenas tardes,
Coincido en la opinión que ha manifestado mis compañeros. Si se ha iniciado un procedimiento penal por lesiones en una accidente de tráfico y ya ha sido debidamente indemnizado por la compañía aseguradora responsable, probablemente haya firmado una renuncia a acciones legales. El abogado con el que haya tramitado la misma o la compañía lo habrá puesto en conocimiento del Juzgado dicho acuerdo. Si usted ya ha renunciado, no se debe porqué preocupar.
Saludos cordiales

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CLARA BURGUI GUALDA

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Buenos días: Por lo que expone, entiendo que usted sufrió un accidente de circulación en el que sufrió lesiones. Si usted llegó a un acuerdo indemnizatorio extrajudicial con la otra parte, usted renunció entonces a ejercer ningún tipo de acción ni penal ni civil posteriormente. Es por ello, por lo que ahora no puede retomarse dicho procedimiento. Un saludo.

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