Quemaduras en la cara
Sin perjuicio de poner acudir a la vía penal, la principal vía a seguir sería la vía civil interponiendo una demanda reclamando una indemnización por las lesiones que te hayan causado así como por las posibles secuelas. El plazo para reclamar por esta vía lo habitual es un plazo de 15 años (en el caso de Responsabilidad Contractual), aunque en ocasiones podría ser de 1 año (Responsabilidad Extracontractual). Este plazo empezaría a contar desde la fecha en la que cure la lesión.
Saludos.
Abogados Por tu indemnización
ABOGADOS INDEMNIZACIONES POR TU ACCIDENTE
Abogado de Madrid especializado en Derecho de la Circulación
Hola.
Evientemente tienes derecho a denunciar. Puedes optar por la vía penal o por la vía civil. Para iniciar la vía penal existe un plazo de 6 meses y presenta la ventaja de ser más rápida y menos costoso. Por otro lado para la vía civil existe un 1 año para demandar en caso de resposabilidad civil extracontractual y 15 años para la responsabilidad civil contractual. Aunque la vía civil es más lenta y costosa presenta la ventaja de conseguir generalmente indemnizaciones más cuantiosas.
Cabe acudir por la vía penal, o bien por la vía civil, en aras a lograr condena penal en el primer caso, a la que se acumularía solicitud de indemnización y solo indemnización para el segundo de los casos.
Ahora bien, cabe que se vaya por la vía penal y que se considere que no existe delito por lo que habría que volver a interponer demanda por la vía civil.
Le atenderemos en la persona de Ane Miren Magro.