Quiero contratar a una estudiante ¿cómo debo proceder?
Buenos Dias,
Si el trabajo es remunerado se tiene que tramitar una autorización administrativa para trabajar, que no puede superar las 20 horas semanales (jornada parcial) y se tiene que acreditar que el horario laboral es complementario al horario estudiantil, es decir, tiene que ser compatible el estudio y del trabajo.
Y la vigencia de la autorización de trabajo será igual que el NIE de estudiante.
Santos & Sardà Abogados le puede ayudar a gestionar el permiso
Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo
La residencia de estudiante permite combinar los estudios con un trabajo remunerado siempre y cuando no le impida continuar esos estudios. El requisito es que el empleador deberá presentar la solicitud de autorización de trabajo por cuenta ajena para que se la autorice a trabajar. No sería preciso solicitar autorización si se tratara de prácticas no laborales. Un saludo de Patón Abogados, www.patonabogados.com
Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
La empresa tiene que hacer una solicitud de autorización de trabajo por cuenta ajena. La jornada debe ser compatible con los estudios.