Quiero la patria potestad de mi hija ¿puedo obtenerla?

Mi hija tiene 5 meses y me separé de mi esposo hace 3 meses. Vivíamos en una casa prestada y un día discutimos y se fue. Así estuve por casi 3 meses, él vive con sus papás como a 3 minutos de donde vivía y solo iba a ver a la niña muy pocas veces, a pesar de que estaba tan cerca.

Mi aun esposo y yo tenemos 10 meses de casados y 4 años viviendo en concubinato y por lo que me informé, no puedo solicitar divorcio si no tengo cumplido 1 año de haber contraído matrimonio.
No sé que acción tomar para llegar a un acuerdo con él, ya que vino por mi hija y yo se la presto todo el día, pero esta vez no la regresó y él decidió que pasara la noche con él sin consultarme primero a mí.

No sé qué medida debo tomar y necesito orientación para proceder y poder acordar con un juez los días que tendrá con mi hija para que no me vuelva hacer que no me regrese a mi hija.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Le recomendamos que busque un abogado que, después de conocer los antecedentes de su caso, le pueda aclarar ideas y orientar sobre las diferentes alternativas. No obstante, si hay una menor, tiene que promover un procedimiento, con abogado y procurador, para que sean fijadas unas medidas respecto de la menor, las cuales no se negocian con un juez, sino que se imponen por un juez teniendo siempre en cuenta el beneficio de la menor en su caso concreto y a la vista de lo afirmado y probado en el procedimiento. Si no tiene medios, puede dirigirse al Colegio de Abogados más cercano para solicitar justicia gratuita y que se le nombre abogado y procurador de oficio. Finalmente, tiene que saber que la patria potestad, salvo en supuestos muy excepcionales, no se suele privar a nadie en un procedimiento así, sino que se decide sobre la guarda y custodia y, por lo tanto, con quién va a estar la menor, teniendo el otro derecho a visitarla y la obligación de pasar la pensión alimenticia que sea fijada.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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LABE Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado cliente: Soy experto en Derecho de familia y puedo comentarle lo siguiente. En primer lugar entiendo lo delicada que es esta situación para usted y por tanto intentaré aconsejarle de una forma clara. Le recomiendo que interponga una demanda de divorcio contra su marido (no es cierto que tenga que pasar un año, sólo tres meses). Una vez haya interpuesto esta demanda podemos solicitar al juez de establezca un régimen de visitas a la menor y así ganar seguridad con este tema hasta que se dicte sentencia. En este proceso podemos solicitar la custodia de la menor, pero lo que no se le puede quitar al padre es el derecho de visitas. También le comento que su marido no puede, bajo ningún concepto, impedir que usted viva con sus padres si así lo desea. Me gustaría hablar unos minutos por teléfono con usted para así poder asesorarle más detenidamente.

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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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Buenos días,

lo primero, usted puede divorciarse después de tres meses de haber celebrado matrimonio, por lo tanto, tiene que solicitar un abogado de oficio o contratar uno para pedir el divorcio.

Lo segundo, usted puede vivir donde quiera, menos con él, y él está obligado a pasar una manutención para su hija, aunque sea en un mínimo vital, puesto que seguro que cobra alguna prestación el padre de la niña.

Lo tercero, si no hay orden en las visitas, y no respeta las rutinas de la niña, no se le entregue, que la vea en su casa con sus padres presentes, es un bebe de 10 meses.

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Romo Boyero, José Luis

Abogado de Salamanca especializado en Derecho de Familia

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En primer lugar debo aclararle que para solicitar el divorcio no hay que esperar un año desde la celebración del mismo, son únicamente TRES MESES los que hay que esperar (la han informado a usted mal). Por otra parte, dada su situación de desempleo y precariedad de medios económicos, lo más conveniente es que solicite un abogado de oficio para que presente la correspondiente demanda de divorcio. Él le explicará con más detalle los pasos a dar para regularizar su situación.

Un saludo.

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Abogado Accidentes de Tráfico Madrid Centro Blanco Segarra
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A partir de tres meses de haberse casado puede solicitar el divorcio. La patria potestad no se la van a dar en exclusiva, pero si la guarda y custodia del niño. Podrá solicitar que el padre contribuya a las cargas familiares y cumpla con un régimen de visitas. Para ello debe presentar demanda con solicitud de medidas provisionales. Necesitará un abogado y procurador.

Espero haber sido de ayuda.

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ABOGADO CIVIL ZAMORA VANESA CABALLERO MARTIN

ABOGADO CIVIL ZAMORA VANESA CABALLERO MARTIN

Abogado de Zamora especializado en Derecho Civil

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Para poder divorciarse no es necesario llevar un año de casados, sino que con tres meses es suficiente. En ese trámite de divorcio ya acordarían unas medidas a favor de la hija, como son patria potestad, guarda y custodia, régimen de visitas y pensión de alimentos. Para más información puede ponerse en contacto con el despacho.

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CRISÓSTOMO ABOGADOS

CRISÓSTOMO ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Reclamaciones de Impagados

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debes hacer un divorcio judicial donde se dicte sentencia fijen medidas para la menor te den la guarda y custodia a ti pero la patria potestad siento decirte sera compartida asi se hace siempre es el padre y es casi imposible quitarla

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