Reclamación de acciones bancarias

Compré acciones de una entidad bancaria en su salida a bolsa. ¿Puedo negociar con el banco?

No sé si tengo que demandar a a la entidad bancaria por haberme engañado cuando compré las acciones en su salida a bolsa o puedo negociar.

Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Responsabilidad Civil Bilbao STAFF LEGAL
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Es previsible que, ni la entidad bancaria comercializadora, ni la emisora de las acciones, si fueran diferentes, se avengan a negociar, por lo que la única vía que le quedaría es la judicial.

En su caso, no parece factible alegar que Ud. desconocía el riesgo teórico de perder su inversión, algo notorio cuando se invierte en bolsa, sino que habrá de basarse en que se le facilitó una información económica sobre la entidad en la que Ud. invertía, que o era insuficiente, para conocer la verdadera entidad del riesgo asumido, o no se correspondía con la realidad.

Si así hubiera ocurrido, y aun no hubiera vendido las acciones adquiridas, podría ejercitar una acción de nulidad de la compra de acciones por vicio de consentimiento, cuya consecuencia es la reciproca restitución de lo percibido por cada uno.

Si hubiera vendido las acciones, tendría que ejercitar una acción de indemnización de daños y perjuicios, dirigida a recuperar el importe de la perdida sufrida, en base a un incumplimiento de las obligaciones de información.

En el primer caso, se puede ejercitar las dos acciones conjuntamente, si bien la acción de nulidad sería principal y la otra subsidiaria.

En el caso de que la entidad emisora de las acciones fuera diferente de la comercializadora, a la vista de las circunstancias concretas, habrá que determinar si se demanda a una sola o a las dos conjuntamente.

Si la entidad donde realizó la operación prestaba un asesoramiento personalizado, entonces el nivel de exigencia para la entidad es mayor, y también lo son las posibilidades de éxito de una acción de indemnización de daños y perjuicios, ante un defectuoso asesoramiento.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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Las acciones son un producto de conocido riesgo. Si Vd. sabía que estaba comprando acciones, es difícil demandar a una sociedad porque tenga pérdidas en bolsa. Salvo que se demuestre que la sociedad hizo un fraude masivo, la pérdida de valor de las acciones es un riesgo del mercado. En cuanto a lo de negociar con la entidad, no es algo a lo que probablemente vayan a acceder, pues la acción tiene un valor que ella no puede alterar, y tampoco tiene obligación legal de resarcir a los compradores por las pérdidas generadas.

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Abogado Mercantil Zaragoza ALBERTO HERNÁNDEZ PINILLA
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La información que me traslada no es suficiente. La simple adquisición de acciones de una entidad y su posterior deterioro bursátil no supone indemnización alguna ni compensación.
Cosa distinta es que se encuentre en uno de los casos en los que el tiempo ha venido a acreditar la existencia de un fraude, engaño o similar.
Quedo a su disposición para aclarar lo que desee.

Gracias

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