Reclamación herencia por presión-engaño

Buenos días,
Les cuento:
Hace más de 10 años tuvimos en nuestra familia un problema económico.
Mi abuela aún vivía y tenía en propiedad varias viviendas.
Mi abuelo no hizo testamento y mi abuela no lo sabemos.
Mis tíos se reunieron con mi madre y le dijeron que ellos le daban el dinero para pagar la deuda contraída y ella daba por liquidada la parte de la herencia que le correspondía por mis abuelos.
Algunos de mis tíos ya disfrutaban de la herencia en vida de mis abuelos.
Mi madre no tiene estudios y además no tenía más remedio que estar de acuerdo con la propuesta.
Mi duda es que el dinero reclamado no era excesivamente mucho pero el valor de las varias propiedades si.
Antes de nada quisiera tener acceso al documento que firmaron mis tíos y mi madre para saber la cantidad exacta que le dieron antes de ir a juicio ya que de esto hace muchos años y no disponen de ningún documento al respecto.
¿Qué pasos debería dar?.
¿La reclamación de herencias caduca?.En todo caso, ¿en qué casos ya no se podría reclamar?.
Gracias.
Un saludo.

Respuestas de otros profesionales:
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Buenos días, sería importante obtener datos registrales de los inmuebles que existiesen a nombre de los abuelos. En el Registro de la Propiedad correspondiente (en el caso de que los hubiesen adquirido en escritura pública), en caso de que fuese por contrato privado de compraventa, la cosa se complica. Estaríamos dentro de plazo para poder reclamar, pero tendrían que existir documentación que acredite la existencia de esos bienes.
Respecto del documento privado, salvo que su madre tenga una copia, la otra opción es requerírselo a los otros coherederos, que podrán aportarlo o no. Espero haber despejado alguna de sus dudas. Saludos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Buenos días, sería importante obtener datos registrales de los inmuebles que existiesen a nombre de los abuelos. En el Registro de la Propiedad correspondiente (en el caso de que los hubiesen adquirido en escritura pública), en caso de que fuese por contrato privado de compraventa, la cosa se complica. Estaríamos dentro de plazo para poder reclamar, pero tendrían que existir documentación que acredite la existencia de esos bienes.
Respecto del documento privado, salvo que su madre tenga una copia, la otra opción es requerírselo a los otros coherederos, que podrán aportarlo o no. Espero haber despejado alguna de sus dudas. Saludos.

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ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEVILLA María del Carmen Rosa Morón
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Buenos dias.

La acción por desheredación prescribe a los 4 años (que por lo que indica no es su caso), si bien rige el mismo plazo para el caso de impugnar la partición de la herencia es el mismo plazo.
En el caso de aceptación o repudiación de herencias en principio son actos personales y por ellos son irrevocables.
Para tener acceso a los documentos firmados habría de reclamarlos en forma, certificado con acuse de recibo o bien burofax, advirtiendo que en caso de no ser atendido al requerimiento se acudirá a las acciones judiciales correspondientes.
Saludos

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